AYUD0470T01 - Subvenciones a empresas por la contratación de jóvenes desempleados inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la modalidad de contrato formativo en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena.

Finalidad:

Obtener ayudas económicas para incentivar la contratación de jóvenes desempleados inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la modalidad de contrato formativo en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena.

Quien lo puede presentar:

Podrán ser beneficiarios las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Empresas que dispongan de centros de trabajo en el ámbito territorial del Principado de Asturias no dependientes ni vinculadas a, administraciones, organismos o entes públicos, empresas públicas o fundaciones del sector público.
  2. Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.
  3. Se considera que existe vínculo entre empresas cuando una empresa participa directa o indirectamente en lagestión, el control o el capital de otra empresa en los términos que, a estos efectos, se recogen en el artículo 18.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
  4. Los contratos se formalizarán por escrito al amparo de la legislación vigente para el contrato en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena, regulado en el art. 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, para prestar servicio en centros de trabajos en el ámbito territorial del Principado de Asturias, y se comunicarán al Servicio Público de Empleo en la forma reglamentariamente establecida conforme a los modelos aprobados/publicados por el SEPE.
  5. Los contratos deberán celebrarse con jóvenes desempleados menores de 30 años, inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la modalidad de contrato formativo en alternancia. 
  6. Cuando el contrato se celebre con una persona con discapacidad deberá ajustarse a cualquiera de las modalidades del contrato de trabajo previstas en la legislación laboral aplicable a las mismas.
  7. Las nuevas contrataciones objeto de subvención deberán suponer en los centros de trabajo radicados en Asturias de un incremento neto del número de trabajadores en plantilla de la empresa en comparación con la media de los doce meses previos al mes del contrato.
  8. Deberán de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda del Estado y del Principado de Asturias y la Seguridad Social y cumplir con las demás exigencias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  9. No deben incurrir en alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 1.4 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, a saber, que se trate de ayudas a empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común o que tengan la calificación de empresa en crisis.
Plazos de presentación:

Desde: 18/04/2024 00:00

Hasta: 30/07/2024 23:59

El plazo de presentación de solicitudes para los contratos formalizados hasta la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA será de un mes.

Para los contratos suscritos desde su publicación en el BOPA y hasta el 30 de junio de 2024 el plazo será de un mes desde la formalización del contrato.

Presentación:

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Programas de Empleo.

Plazo de resolución:

6 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Recurso de alzada.

Información adicional:
  • Ámbito convocatoria: Se celebrarán para prestar servicios en centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias (contratos formalizados del 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024 ambos inclusive).

  • En función del crédito disponible, la cuantía de la subvención para los contratos formativos en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena, para jóvenes desempleados menores de 30 años, inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil vendrá determinada por la duración inicial del contrato por el que se solicita subvención, que será como mínimo de tres meses y a tiempo completo.

    La cuantía de la subvención podrá alcanzar 1.250 € cuando se formalice el contrato inicial por tres meses. El importe máximo que se subvenciona es de 5.000 € por un contrato inicial de doce meses. Los contratos que se celebren entre tres y doce meses se subvencionarán con un importe máximo proporcional a las cuantías detalladas anteriormente en función de su duración inicial.

No se subvencionan contratos que no cumplan el tiempo mínimo de tres meses.

  • En ningún caso el importe de las subvenciones podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos supere el 50% de los costes salariales, excepto cuando el contrato se celebre con trabajadores con discapacidad, en cuyo caso dicho límite podrá alcanzar hasta el 75% del coste salarial.
  • Los contratos formativos en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena se concertarán por un periodo mínimo de 3 meses y a jornada completa. La subvención a conceder se calculará exclusivamente en función de la duración inicial del contrato.

  • Los jóvenes contratados habrán de cumplir los siguientes requisitos:

    1. Estar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil a fecha de inicio del contrato.
    2. Estar inscritos como demandantes de empleo no ocupados al menos el día anterior al del inicio del contrato en el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.
    3. Ser menor de 30 años a fecha de inicio del contrato.
    4. A fecha de inicio del contrato no haber sido parte en un contrato indefinido dentro de los seis meses inmediatamente anteriores, salvo los menores de 24 años, en cuyo caso sí podrían haber estado contratados con carácter indefinido en dicho periodo.

     

FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores

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Documentos a presentar:
Documentos requeridos:
  • Solicitud, en modelo normalizado.
  • Autorización firmada por el trabajador cuyo contrato se subvenciona para que por esta Administración puedan ser objeto de consulta los datos de carácter personal, laboral o económico que sobre los mismos obrasen en cualquier base de datos propia o de cualquier otro Organismo o Administración Pública a la que la Administración del Principado de Asturias tuviera acceso.
  • Copia de la escritura de constitución de la empresa solicitante. Este documento podrá ser remplazado por cualquier otro que certifique relación nominal de socios, capital social y participaciones, órgano de administración y objeto social.
  • Copia de los estatutos y modificaciones si las hubiera.
  • Informe de plantilla media (Por ej. Un contrato de cualquier fecha del mes de mayo de 2024 se presentaría un Informe de plantilla media del 1/05/2023 al 30/04/2024 y otro informe del 1/05/2024 al 31/05/2024).
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
documentos aportados:
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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