AYUD0390T01 - Subvención a la inserción laboral de las personas en situación de exclusión social en las empresas de inserción del Principado de Asturias

Finalidad:

Conceder ayudas económicas a las empresas calificadas y registradas como empresas de inserción, radicadas en el Principado de Asturias, para:
1.- Financiar los costes salariales devengados por la plantilla de trabajadores que estén en situación de exclusión social, entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024 (incluidas las pagas extras del mes de diciembre de 2023 y junio de 2024).

2.- Financiar servicios de acompañamiento a la inserción sociolaboral desarrollados por personal especializado, para facilitar la adaptación social y laboral de las personas en situación de exclusión social.

Quien lo puede presentar:

Quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser empresa de inserción.
  • Estar radicada en el Principado de Asturias.
  • Tener en plantilla trabajadores en situación de exclusión social de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
  • Las empresas de inserción figurarán calificadas e inscritas como tales en el registro correspondiente. La obtención de subvención queda condicionada a la obtención de resolución de calificación, con anterioridad a la fecha de la publicación de la convocatoria.
  • No concurrir en alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazos de presentación:

Desde: 04/10/2023 00:00

Hasta: 18/10/2023 23:59

Presentación:

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Programas de Empleo.

Plazo de resolución:

3 meses.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Recurso de alzada.

Información adicional:

CUANTÍA

  • Coste salarial, la subvención ampara hasta un máximo del 60% del salario mínimo interprofesional de la citada plantilla.
  • Acompañamiento a la inserción socio laboral, la cuantía de esta subvención será, según la modalidad de acompañamiento de que se trate, de los siguientes importes:
    1. Acompañamiento a la inserción socio laboral. 1.800 € por puesto de trabajo creado y mantenido de personas en proceso de inserción, hasta un máximo de dieciocho mil euros (18.000 €) por empresa de inserción.
    2. Acompañamiento a la producción. 1.500 € por puesto de trabajo creado y mantenido de personas en proceso de inserción, hasta un máximo de quince mil euros (15.000 €) por empresa de inserción.

FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores

SERVICIOS RELACIONADOS

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Certificado o justificante acreditativo de la inscripción o mantenimiento de la inscripción de la empresa en el registro oficial como empresa de inserción.
  • Copia de los contratos de trabajo visados por el Servicio Público de Empleo o comunicación de la contratación laboral a través del servicio contrat@
  • Fecha de alta en la Seguridad Social (documento TA2).
  • Documentación acreditativa de que los trabajadores se encuentran en situación de exclusión social.
  • Documento acreditativo de la representación que ostente el firmante de la solicitud.
  • Vida laboral de la empresa.
  • Copia del NIF de la empresa de inserción.
  • Contratos de trabajo del personal especializado en el acompañamiento.
  • Avance de la memoria explicativa de las funciones específicas a desarrollar que incluirá al menos: - Objetivos - Actividades - Recursos - Fases de implantación - Sistema de implantación - Cualquier otro dato que considere necesario para la valoración del proyecto
Solamente si pretende cambiar la existente o si es su primera solicitud:
  • Ficha de acreedores.
Según proceda:
  • Anexo I Coste salarial
  • Anexo II Acompañamiento inserción socio laboral.
  • Anexo III Acompañamiento a la producción.
En caso de nuevas contrataciones:
  • Actualizaciones realizadas ante el Servicio Público de Empleo (SEPEPA), para la contratación del personal especializado en el acompañamiento.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Informe actualizado de la vida laboral.
  • Informe TA2 de alta del personal en la Seguridad Social.
  • Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal del representante de la empresa de inserción
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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