AYUD0234T01 - Subvención a los servicios de acompañamiento a la inserción sociolaboral de las personas en situación de exclusión social en empresas de inserción

Finalidad:

Obtener ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los servicios de acompañamiento a la inserción sociolaboral de las personas en situación de exclusión social de las empresas de inserción del Principado de Asturias destinados a cofinanciar los costes laborales y de seguridad social del personal especializado de los servicios de acompañamiento, devengados entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2021.

Quien lo puede presentar:

Quienes cumplan los siguientes requisitos:

    Ser empresa de inserción.

    Estar radicada en el Principado de Asturias.

    Tener en plantilla trabajadores en situación de exclusión social de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.

    Las empresas de inserción figurarán calificadas e inscritas como tales en el registro correspondiente, o habrán solicitado su calificación e inscripción en el mismo aún cuando no hubieran obtenido resolución firme al respecto. (En este último caso, la obtención de subvención queda condicionada a la obtención de resolución de calificación, con anterioridad a la emisión de la propuesta de resolución de concesión de estas subvenciones).

    No concurrir en alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Plazos de presentación:

Desde el 12/11/2020 hasta el 25/11/2020

Presentación:

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor:

Servicio de Programas de Empleo

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:

Alzada

Información adicional:

CUANTÍA

    El importe máximo serán 1.200 € anuales por trabajador contratado indefinidamente o mediante contrato temporal superior a 6 meses en situación de exclusión social.

    La subvención se reducirá proporcionalmente en función de la duración del contrato y la jornada laboral.

 

Ficha de acreedores

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Certificado o justificante acreditativo de la inscripción o mantenimiento de la inscripción de la empresa de inserción
  • Ficha de acreedores. (Solamente si pretende cambiar el existente o si es primera solicitud)
  • Contratos de trabajo del personal especializado en el acompañamiento
  • Documento acreditativo de la representación que ostente el firmante de la solicitud
En caso de nuevas contrataciones:
  • Actualizaciones realizadas ante el Servicio Público de Empleo (SEPEPA), para la contratación del personal especializado en el acompañamiento
Avance de la memoria explicativa de las funciones específicas a desarrollar que incluirá al menos:
  • Objetivos
  • Actividades
  • Recursos
  • Fases de implantación
  • Sistema de implantación
  • Cualquier otro dato que considere necesario para la valoración del proyecto
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Informe actualizado de la vida laboral
  • Informe TA2 de alta de dicho personal en la Seguridad Social
  • Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal del representante de la empresa de inserción
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

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