RECE0021T01 - Legalización de los libros sociales de las sociedades cooperativas

Finalidad:

Obtener la legalización de los libros sociales cuya llevanza se exija a las sociedades cooperativas inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas del Principado de Asturias por las disposiciones legales.

Quien lo puede presentar:

Sociedades cooperativas inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas del Principado de Asturias que cumplan los siguientes requisitos:

Las sociedades cooperativas llevarán, en orden y al día, los siguientes libros:

  • Libro de socios, especificando en el mismo las diferentes clases de socios, así como su fecha de admisión y baja.
  • Libro de aportaciones al capital social, en la que se hará constar, al menos, la naturaleza de las mismas, sucesivas transmisiones, su actualización y reembolso.
  • Libros de actas de la asamblea general, del órgano de administración y, en su caso, de otros órganos colegiados.
  • Libro de inventarios, cuentas anuales y el libro diario.
  • Cualesquiera otros que vengan exigidos por disposiciones legales.
Plazos de presentación:

Todo el año.

El plazo para la legalización de los libros formados por hojas encuadernadas es de 4 meses desde la fecha de cierre del ejercicio.

Presentación:

Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 apartado a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. 

Órgano gestor:

Servicio de Ordenación Laboral

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Información adicional:

¿CÓMO PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN? 

  • La legalización de los libros se solicitará según el modelo oficial dirigido al registro 
  • La solicitud contendrá los siguientes datos: 
    • Nombre y los apellidos del solicitante y acreditación del cargo; 
    • Denominación de la entidad, el domicilio y los datos de identificación; 
    • Relación de los libros que se presentan para su legalización  
    • Lugar y fecha de la solicitud y firma del solicitante 
  • En la solicitud de legalización de libros, deberá constar además, la fecha de finalización del ejercicio económico. 
  • A la solicitud se acompañarán los libros cuya legalización se solicita. 
  • No podrá practicarse la legalización de los libros de una entidad cuya constitución no haya sido previamente inscrita. 
  • Los libros serán legalizados con posterioridad a su utilización, es decir, no se legalizarán libros en blanco. 
  • No se legalizarán libros que formen parte de un libro físico que ya haya sido legalizado con carácter previo a su utilización, pudiendo hacer uso del libro físico hasta su finalización. 
  • Se seguirá una numeración correlativa y por orden cronológico de anotaciones en los libros. 
  • Los libros deberán ser presentados en formato PDF 
  • En el caso de que un libro esté formado por varios archivos, deberá indicarse en la solicitud esta situación, y ser identificados como Tomos del Libro a que se refiera, numerándolos como Tomo I, Tomo II¿..  

Ejemplo: Libro Inventario y Cuentas Anuales está formado por: 

  • Tomo I. Memoria 
  • Tomo II. Balance 
  • Tomo III. ... 
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Libros cuya legalización se solicita
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho a los interesados a "aportar cualquier otro documento que se estime conveniente"

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