OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se dispone el levantamiento de la exoneración temporal total del canon de explotación de los contratos de servicios de cafetería indicados en la presente propuesta de resolución de los centros sociales para personas mayores dependientes adscritos a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.
Examinado el procedimiento seguido para las contrataciones de los servicios de cafetería de los centros de día para personas mayores dependientes y centros sociales adscritos a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—Tras la preceptiva tramitación administrativa, por Resoluciones de las siguientes fechas se adjudicaron los contratos de servicios a las empresas, por los importes y plazos que se indican a continuación:
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Segundo.—De los contratos anteriormente citados, los que se indican seguidamente se formalizaron con las fechas y comenzaron su ejecución según se señala a continuación:
Contrato de servicio | Fecha de formalización | Fecha de inicio de ejecución |
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Servicio de cafetería en el CSPM de Pola de Laviana | 30/04/2019 | 01/05/2020 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS Jardín de Cantos | 11/09/2002 | 11/09/2002 |
Servicio de cafetería en el CSPM de La Luz | 10/10/2000 | 11/10/2000 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Sama | 31/12/2017 | 01/01/2018 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Nava | 31/12/2017 | 01/01/2018 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Lugones | 31/12/2017 | 01/01/2018 |
Servicio de cafetería en el CDPMD de Luarca | 30/04/2019 | 01/05/2019 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Lada | 30/04/2019 | 01/05/2019 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de El Llano | 15/10/2019 | 16/10/2019 |
Tercero.—De los contratos citados en el antecedente primero fueron prorrogados los siguientes por Resoluciones de las fechas y por los plazos que se indican a continuación:
Contrato de servicio | Fecha de última resolución de prórroga | Período de prórroga |
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Servicio de cafetería en el CSPM de Mieres | 05/03/2020 | Hasta 01/04/2021 |
Servicio de cafetería en el CDPMD de Vegadeo | 30/04/2019 | Hasta 14/05/2020 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Moreda | 20/06/2019 | Hasta 30/06/2020 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Grado | 06/03/2019 | Hasta 27/04/2020 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de La Felguera | 03/12/2019 | Hasta 31/12/2020 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Arbeyal | 05/11/2019 | Hasta 30/11/2020 |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Luanco | 19/09/2019 | Hasta 30/09/2020 |
Cuarto.—El resto de contratos del antecedente primero de la presente resolución son prorrogados tácitamente, porque así se prevé en su documento de formalización y por períodos de un (1) año, y son los que se indican seguidamente:
Contrato de servicio |
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Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Pola de Lena |
Servicio de cafetería en el CSPM de La Luz |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Turón |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS Cangas del Narcea |
Quinto.—Por Resolución de la Consejería de Salud de fecha 11 de marzo de 2020 (BOPA n.º 50 de 12-III-2020) se adopta la medida de suspensión de ejercicio de actividades de los centros sociales de personas mayores del Principado de Asturias indicados en su antecedente de hecho primero durante un plazo de 14 días naturales, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva, afectando dicha suspensión a todas las actividades dirigidas a las personas usuarias de los centros, no permitiéndose su acceso a las instalaciones.
Sexto.—El Acuerdo de 12 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno, sobre medidas preventivas y recomendaciones relacionadas con la infección del SARS CoV-2 (COVID-19) establece una serie de medidas y recomendaciones en el ámbito de los servicios sociales, en concreto, la suspensión de la actividad y restricción de acceso a centros de día.
Séptimo.—Con fecha 15 de octubre de 2020 la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar dicta Resolución por la que se acuerda la exoneración temporal total del devengo del canon de explotación a cuyo pago vienen obligados los adjudicatarios de los siguientes servicios de cafetería desde la suspensión de la actividad.
Contrato de servicio | Empresa adjudicataria |
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Servicio de cafetería en el CDPMD de Vegadeo | M.ª DEL CARMEN VUELTA IGLESIAS |
Servicio de cafetería en el CDPMD de Luarca | VALENTINA ABDURAIM |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS Jardín de Cantos | CONSTANTINO SUÁREZ GONZÁLEZ |
Servicio de cafetería en el CSPM de La Luz | DESIRE REY SANCHEZ |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Grado | LA MOSCONA ASTUR |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Lugones | GESTIÓN, FORMACIÓN Y OCIO, S. L. |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Lada | GESTIÓN, FORMACIÓN Y OCIO, S. L. |
Servicio de cafetería en el CSPM de Pola de Laviana | GESTIÓN, FORMACIÓN Y OCIO, S. L. |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de El Llano | GESTIÓN, FORMACIÓN Y OCIO, S. L. |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Nava | GESTIÓN, FORMACIÓN Y OCIO, S. L. |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Moreda | NOELIA BAIZÁN FERNÁNDEZ |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Pola de Lena | M.ª FLOR MARTÍNEZ GARCÍA |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Turón | FCO MANUEL BURGUET GONZÁLEZ |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS Cangas de Narcea | MARINA BOTO FERNÁNDEZ |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Luanco | CONSTANTINO SUÁREZ GONZÁLEZ |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Arbeyal | MANUEL LOPEZ MONTESERIN |
Servicio de cafetería en el CDPMD Y CS de Gijón Centro | RAMÓN ÁLVAREZ RAMOS |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de La Felguera | PEDRO DÍAZ CARBAJAL |
Asimismo dispone en su resolución el reintegro del canon de aquellos adjudicatarios que hubieran efectuado el pago del mismo.
Octavo.—Los siguientes contratos incluidos en el antecedente primero, habiendo sido prorrogados tácitamente, porque así se prevé en su documento de formalización y por sucesivos períodos de un (1) año, continúan vigentes a esta fecha.
Contrato de servicio |
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Servicio de cafetería en el CDPMD de Vegadeo |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS Jardín de Cantos |
Servicio de cafetería en el CSPM de La Luz |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Grado |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Moreda |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Pola de Lena |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Turón |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS Cangas del Narcea |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Luanco |
Servicio de cafetería en el CDPMD Y CS de Gijón Centro |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de La Felguera |
Fundamentos de derecho
Primero.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico, las personas titulares de cada Consejería, son los órganos de contratación de la Administración del Principado de Asturias.
Segundo.—Por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y en virtud del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo (modificado por el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19), se establecen una serie de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
En concreto, en el artículo 34.4 de dicho Real Decreto, se prevé que en los contratos públicos de concesión de obras y de concesión de servicios vigentes a la entrada en vigor de este real decreto-ley, celebrados por las entidades pertenecientes al Sector Público en el sentido definido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, la situación de hecho creada por el COVID-19 y las medidas adoptadas por el Estado, las comunidades autónomas o la Administración local para combatirlo darán derecho al concesionario al restablecimiento del equilibrio económico del contrato mediante, según proceda en cada caso, la ampliación de su duración inicial hasta un máximo de un 15 por 100 o mediante la modificación de las cláusulas de contenido económico incluidas en el contrato.
Dicho reequilibrio en todo caso compensará a los concesionarios por la pérdida de ingresos y el incremento de los costes soportados, entre los que se considerarán los posibles gastos adicionales salariales que efectivamente hubieran abonado, respecto a los previstos en la ejecución ordinaria del contrato de concesión de obras o de servicios durante en el período de duración de la situación de hecho creada por el COVID-19. Solo se procederá a dicha compensación previa solicitud y acreditación fehaciente de la realidad, efectividad e importe por el contratista de dichos gastos.
Tercero.—Por Resolución de 4 de marzo de 2022 del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el que se establecen medidas especiales de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el territorio del Principado de Asturias, se recoge explícitamente la normalización de actividades en los centros de día para personas mayores dependientes y centros sociales adscritos a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.
Vistos los antecedentes de hecho concurrentes y los fundamentos de derecho de aplicación, por la presente
RESUELVO
Primero.—Disponer, que con efecto 1 de enero de 2023, se proceda al levantamiento de la exoneración temporal total del canon de explotación de los contratos de servicios de cafetería a continuación relacionados:
Contrato de servicio | Empresa adjudicataria |
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Servicio de cafetería en el CDPMD de Vegadeo | M.ª DEL CARMEN VUELTA IGLESIAS |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS Jardín de Cantos | CONSTANTINO SUÁREZ GONZÁLEZ |
Servicio de cafetería en el CSPM de La Luz | DESIRE REY SÁNCHEZ |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Grado | LA MOSCONA ASTUR |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Moreda | NOELIA BAIZÁN FERNÁNDEZ |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Pola de Lena | M.ª FLOR MARTÍNEZ GARCÍA |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Turón | FCO. MANUEL BURGUET GONZÁLEZ |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS Cangas del Narcea | MARINA BOTO FERNÁNDEZ |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de Luanco | CONSTANTINO SUÁREZ GONZÁLEZ |
Servicio de cafetería en el CDPMD Y CS de Gijón Centro | RAMÓN ÁLVAREZ RAMOS |
Servicio de cafetería en el CDPMD y CS de La Felguera | PEDRO DÍAZ CARBAJAL |
Segundo.—Disponer que el antedicho levantamiento cobre efecto manteniendo el canon asignado a cada contrato de servicios de cafetería en el momento que se aprobó su exoneración (Resolución de la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar de fecha de 15 de octubre de 2020).
Oviedo, 14 de diciembre de 2022.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Melania Álvarez García.—Cód. 2022-10469.