AYUD0334T01 - Ayudas urgentes para el fomento de la contratación

Finalidad:

Obtener ayudas económicas directas y urgentes a empresas y entidades sin ánimo de lucro destinadas a fomentar la contratación laboral de personas desempleadas del Principado de Asturias, como medida de preparación de la recuperación y reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de la COVID-19.

Quien lo puede presentar:
  1. Podrán ser beneficiarios de la presente línea de subvenciones: las empresas; las trabajadoras y trabajadores autónomos; y las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y que, en su condición de empleadoras, contraten por cuenta ajena, a personas en situación de desempleo en el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2021 y el 30 de junio de 2022 (ambos inclusive), en centros de trabajo ubicados en el Principado de Asturias.
  2. Podrán acceder a ésta ayuda aquellos candidatos que ya hubieren presentado solicitud al amparo de la pasada convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, de 20 de septiembre de 2021, con rectificación de errores de fecha 13 de octubre de 2021 (extractos publicados en el BOPA nº 186 de 27 de septiembre y nº 200 de 18 de octubre de 2021, respectivamente), siempre y cuando su solicitud le hubiese sido denegada por agotamiento del crédito previsto en la convocatoria, aun reuniendo los requisitos para obtener la subvención.
Plazos de presentación:

Desde: 26/11/2022 00:00

Hasta: 12/12/2022 23:59

Presentación:

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente:

  • A través del formulario específico (con el código de solicitud AYUD0334T01 Ayudas urgentes para el fomento de la contratación) disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias, al que se accede a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.

La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las bases reguladoras y la declaración de la veracidad de toda la información que se presente.

No se admitirá ninguna solicitud recibida con posterioridad al plazo de solicitud establecido en la convocatoria, ni las recibidas por canales diferentes a la sede electrónica del Principado de Asturias

Órgano gestor:

Servicio de Programas de Empleo.

Plazo de resolución:

Hasta el 30 de diciembre de 2022.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Recurso de alzada.

Información adicional:

Estas ayudas se conceden de forma directa, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.c de la LGS. 

Las subvenciones reguladas en estas bases tienen un carácter singular y sin vocación de permanencia, derivado del carácter excepcional y único de los acontecimientos que motivan el procedimiento en cuestión. Dado el objeto específico de las subvenciones, se requiere una concesión directa sin concurrencia competitiva. 

Se autoriza expresamente a la Administración del Principado de Asturias a verificar las cuentas bancarias suministradas con el fin de hacer efectiva la ayuda.  

  • Los interesados deberán obtener y custodiar la autorización suscrita por el trabajador por cuyo contrato se solicita la subvención de las consultas que se citan a continuación:
  • Al Ministerio competente en materia de Interior, la consulta de los datos de identidad (DNI/NIE/TIE/Certificado Comunitario - UE).
  • A la Tesorería General de la Seguridad Social, la consulta de datos de la vida laboral del trabajador.
  • Al Servicio Público de Empleo Estatal, de los datos obrantes de inscripción como desempleado, contrato de trabajo e inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

A efectos de esta convocatoria se entenderá por:

  • Persona en situación de desempleo: persona no ocupada inscrita como demandante de empleo al menos el día anterior al del inicio del contrato en el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.
  • Persona parada de larga duración: persona inscrita como demandante de empleo al menos el día anterior al del inicio del contrato en el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias que no ha estado ocupada más de 90 días en los últimos 12 meses (45 días en 6 meses si edad es menor a 25 años a la fecha de la contratación).
  • La edad en el caso de persona mayor de 52 años, lo será a la fecha del contrato de trabajo.
  • La población del concejo será la que figure en las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a 1 de enero de 2021.
  • Las subvenciones reguladas en estas convocatoria  están sometidas al régimen de "mínimis", siéndoles de aplicación lo establecido en el actual Reglamento 1407/2013 de la Comisión Europea, de 18 de diciembre (DOUE de 24/12/2013), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), modificado por el Reglamento (UE) 2020/972 de la Comisión, de 2 de julio de 2020 (DOUE de 07/07/2020).
  • Las presentes ayudas se financiarán con cargo a los créditos de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

 FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
    Si la persona solicitante no está incorporada a la base de datos de terceros del Principado de Asturias y no actúa por medio de representante:
    • Fichero de acreedores debidamente cumplimentado
    Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la entidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
    • Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
    • Documento acreditativo de subvenciones y ayudas en régimen de mínimis.
    • Documento acreditativo de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
    • Documento acreditativo de la concesión de otras subvenciones y ayudas.
    • Informe de plantilla media de la cuenta de cotización de los cuatro meses previos a la contratación subvencionada. (Ejemplo: Contrato día 15 de mayo, el informe será del 15 de enero al 14 de mayo de 2021).
    • Informe de plantilla media de la cuenta de cotización del día del contrato. (Siguiendo con el ejemplo, el informe será del día 15 de mayo de 2021)
    • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la entidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español de la persona contratada.
    • Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de datos de la vida laboral del trabajador de los cuatro meses previos a la contratación por la que se solicita subvención.
    • Certificado de inscripción como desempleado, contrato de trabajo e inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en su caso de la persona contratada.
    Documentos aportados
    • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
    Documentación relacionada:

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