AYUD0023T01 - Subvención a particulares, fundaciones y asociaciones para proyectos de actividades culturales de interés regional y acciones de formación y movilidad

Finalidad:

Obtener ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a particulares, fundaciones culturales privadas y asociaciones para la realizar, en el Principado de Asturias, proyectos de actividades culturales de interés regional.

Quien lo puede presentar:

Personas físicas y jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:

1.- Ser asturiano o residente en el Principado de Asturias, asociación cultural o fundación cultural privada que tenga su domicilio social en el Principado de Asturias y que desarrolle principalmente su actividad en esta comunidad autónoma.

2.- En el caso de asociaciones:

  • Estar inscrita en el registro de asociaciones al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.

3.- En el caso de fundaciones:

  • Estar inscrita en el registro de fundaciones docentes y culturales de interés general del Principado de Asturias de acuerdo con el Decreto 34/1998 de 18 de junio y en relación con la Ley 50/2002.

4.- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

5.- Haber terminado las actividades el 31 de octubre del año de la convocatoria.

6.- Mantener las actividades para los que se solicite la ayuda claramente desvinculados de cualquier otro evento que pueda distorsionar o minorar su interés intrínseco.

7.- Los proyectos subvencionables serán los realizados, además de durante el ejercicio de la correspondiente convocatoria, hasta la fecha máxima fijada por la misma, en los meses de noviembre y diciembre del ejercicio inmediatamente anterior.

Plazos de presentación:

Desde: 09/04/2024 00:00

Hasta: 07/05/2024 23:59

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse  por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Acción Cultural.

Plazo de resolución:

6 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Recurso potestativo de reposición

Información adicional:

1.- FICHA DE ACREEDOR

Ficha de acreedores

 2.- (*) PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ORIGINAL

Los documentos señalados con (*) deberán ser remitidos en formato original.

3.- CONTENIDO COMPLEMENTARIO DEL PROYECTO

  • En el caso de acciones de formación:
    • Se debe hacer referencia al propósito perseguido, duración de la acción, identificación del programa del curso, acompañado de folletos de los mismos, dirección web o cualquier otro elemento que permita conocer el desarrollo del mismo. Se debe hacer constar la relación existente entre la formación a realizar y la actividad cultural desarrollada.
  • En el caso de giras de artes escénicas y musicales:
    • Se debe hacer referencia al propósito de la gira, localidades y equipamientos donde se llevará a cabo la misma.
    • Se deberán adjuntar copias de los contratos, invitaciones o cualquier otro documento que certifique la participación.
    • Se debe indicar la cantidad expresa que aporta la feria, festival u organizador, tanto para la realización de la actividad como para los gastos de viaje o alojamiento.
  • En el caso de actividades de difusión de artes plásticas a través de proyectos expositivos:
    • Se debe indicar el espacio o espacios en los que vayan a desarrollarse, así como los contratos, invitaciones o cualquier otro documento que certifique la participación.
    • Se debe indicar la cantidad expresa que aporta el organizador, tanto para la realización de la actividad como para los gastos de viaje o alojamiento. 

4.- CONCEPTOS NO SUBVENCIONABLES

Los gastos de equipamiento o inversión, las dietas, manutención o atenciones protocolarias.

5.- CRITERIOS DE VALORACIÓN

  • En caso de proyectos de actividades regionales de interés cultural
    • Contenido cultural del programa o actividad, su interés, hasta 35 puntos.
    • Trayectoria y experiencia del organizador, hasta 20 puntos.
    • Por el grado de elaboración, concreción y desarrollo del proyecto, hasta 20 puntos.
    • Ámbito territorial de la actividad, hasta 15 puntos.
    • Repercusión de la actividad.
    • Número de beneficiarios de la actividad, hasta 5 puntos.
    • Medios de difusión de la actividad, hasta 5 puntos.
  • En el caso de acciones de formación y movilidad:
    • Interés artístico y calidad del proyecto, hasta 40 puntos.
    • Trayectoria del solicitante, hasta 25 puntos.
    • Trayectoria de la institución o instituciones organizadoras, hasta 10 puntos.
    • Giras de espectáculos escénicos y musicales, hasta 25 puntos.
    • Actividades de formación, hasta 25 puntos.
    • Actividades de difusión de artes plásticas, hasta 25 puntos. 

6.- EXCLUSIONES

  • Actividades que puedan acogerse a otras ayudas de esta u otras consejerías por tener convocatoria específica.
  • Entidades que en los presupuestos generales del Principado de Asturias, para el año en curso, figuren con subvención nominativa.
  • Asociaciones que, por su especificidad, su atención corresponda a otras áreas de la Administración.
  • Aquellas personas en las que concurra alguna de las circunstancias incluidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • (*) Solicitud en modelo normalizado
  • Proyecto paginado y detallado de la actividad para la que se solicita la subvención, justificando el objeto, calendario y desarrollo de la misma y argumentando la condición de interés regional. Podrá reflejar cualquier otro elemento que el peticionario considere de interés para una mejor valoración del proyecto. Además, el proyecto deberá hacer mención a todos los demás aspectos que se indican en el apartado de Información adicional
  • Presupuesto equilibrado y firmado que incluya las partidas que lo integran recogiendo los gastos e ingresos de la actividad para la que se solicita ayuda. El presupuesto recogerá la aportación económica de la entidad para el desarrollo de la actividad
  • Cantidad solicitada por el peticionario, que no debe exceder del 50% del presupuesto total del proyecto
  • Plan para llevar a cabo la obligación de adoptar las medidas de difusión consistentes en dar la adecuada publicidad, por parte de los beneficiarios, del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objetivo de subvención. En el caso de que la subvención se conceda una vez realizada la actividad, el beneficiario deberá reflejar los carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, o bien proponer medidas de difusión para el caso de que el proyecto sea subvencionado.
  • (*) Ficha de acreedores. El modelo de documento a presentar se podrá descargar desde el enlace disponible en el apartado de INFORMACIÓN ADICIONAL y solo será necesario cuando los datos requeridos no obren ya en esta Administración o haya habido modificaciones en los mismos.
En caso de que el solicitante esté incluido en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión o a otros reglamentos de mínimis:
  • (*) Declaración referente a todas las demás ayudas de mínimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso e incorporada al formulario de solicitud
Si se trata de asociación o fundación, además:
  • Copia del NIF de la entidad
  • Copia del DNI de su presidente o, en su caso, representante
  • Documento acreditativo de estar inscrita en el Registro de Asociaciones o en el Registro de Fundaciones Docentes y Culturales de interés general del Principado de Asturias
  • Memoria, paginada y firmada por el representante, de actividades culturales realizadas en el ejercicio anterior a la convocatoria, así como relación de actividades culturales más significativas ejecutadas por la asociación o fundación solicitante en los últimos 15 años
Si alguno de estos documentos ya está en poder de la Administración y no ha sufrido cambios, se presentará:
  • (*) Certificación del secretario de la entidad de que no existen modificaciones
Si se trata de un peticionario individual, además:
  • Documento acreditativo de estar empadronado en Asturias a fecha de presentación de solicitud, si el peticionario no ha nacido en la comunidad autónoma.
  • Currículum vitae del solicitante en el que se refleje su actividad en el campo cultural en los últimos 15 años
Para justificar la subvención:
  • Cuenta justificativa (modelo de relación de gastos e ingresos)
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Certificación justificativa del cumplimiento de obligaciones tributarias estatales expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Certificación justificativa del cumplimiento de obligaciones tributarias autonómicas con la Hacienda del Principado
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
  • Certificado de empadronamiento
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Área Personal

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Registrarme

Contacta