AYUD0516T02 - Subvención a los colegios profesionales de la abogacía por impagos del turno de oficio
Finalidad:
Tramitar la financiación en caso de impago de los honorarios de los profesionales del turno de oficio que actúen previa designación judicial.
Quien lo puede presentar:
Colegios profesionales de abogados
Plazos de presentación:
Según normativa
Presentación:
Presentación telemática
En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico" de esta misma página.
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Órgano gestor:
Servicio de Relaciones con la Administración de Justicia
Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Tramitación Registro Electrónico
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