RECE0016T02 - Aportación del documento justificativo del pago de la tasa por inscripción en el Registro del Certificado de Eficiencia Energética
Presentación ante la administración competente del comprobante de pago de la tasa requerida para formalizar la inscripción del Certificado de Eficiencia Energética en el registro oficial correspondiente. Este trámite es necesario para completar el proceso de certificación energética y obtener el número de registro y la etiqueta energética del inmueble.
- El propietario del inmueble que requiere el certificado de eficiencia energética.
- El promotor o constructor, en el caso de edificios nuevos.
- El técnico competente que ha realizado la certificación energética.
- Un representante legal debidamente acreditado de cualquiera de los anteriores.
- Gestores o administradores de fincas, actuando en nombre del propietario.
- Arrendatarios o usuarios del inmueble, siempre que cuenten con la autorización expresa del propietario.
Todo el año
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética
3 meses
Potestativo de reposición.
- Resolución de 31 de julio de 2013, de la Consejería de Económica y Empleo, por la que se habilita el Registro de certificados de eficiencia energética de edificios y de los técnicos y las empresas competentes para su remisión y se regula su organización y funcionamiento en el ámbito del Principado de Asturias. BOPA 10 de agosto de 2013
- Resolución de 29 de diciembre de 2015, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se regula la organización y funcionamiento del Registro de certificados de eficiencia energética de edificios y de los técnicos y las empresas competentes para su emisión en el ámbito del Principado de Asturias. BOPA 5 de enero de 2016
- Resolución de 28 de junio de 2016, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se modifica la Resolución de 29 diciembre de 2015, que regula la organización y funcionamiento del Registro de certificados de eficiencia energética de edificios y de los técnicos y las empresas competentes para su emisión en el ámbito del Principado de Asturias. BOPA 02 de julio de 2016
- Resolución de 3 de enero de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, de segunda modificación de la Resolución de 29 de diciembre de 2015 que regula la organización y funcionamiento del registro de certificados de eficiencia energética de edificios y de los técnicos y las empresas competentes para su emisión en el ámbito del Principado de Asturias. BOPA 10 de enero de 2017
- Resolución de 28 de diciembre de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, de tercera modificación de la Resolución de 29 de diciembre de 2015, que regula la organización y funcionamiento del Registro de certificados de eficiencia energética de edificios y de los técnicos y las empresas competentes para su emisión en el ámbito del Principado de Asturias. BOPA 2 de enero de 2018
- Documento justificativo del pago de la tasa
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