AYUD0509T01 - Ayuda para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas

Finalidad:

Concesión de ayudas para promover la localización de proyectos de inversión en el Principado de Asturias, con el objetivo de abordar el déficit de inversión en sectores estratégicos para la transición hacia una economía con cero emisiones netas y ofrecer incentivos que faciliten su despliegue, considerando las dificultades a escala mundial que suponen una amenaza de desvío de estas inversiones a terceros países, no pertenecientes al Espacio Económico Europeo. 

Quien lo puede presentar:

1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

a) Las empresas privadas con personalidad jurídica propia válidamente constituidas, inscritas en el correspondiente censo o registro y que estén consideradas como gran empresa. Se entenderá por grandes empresas aquellas que no tengan la consideración de PYME, de acuerdo con las definiciones del Anexo I del REGLAMENTO (UE) No 651/2014 DE LA COMISIÓN, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
b) Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe, al menos, una entidad del apartado a) y, al menos, otra entidad, entendiendo como tal: las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por las que se ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado y las empresas privadas con personalidad jurídica propia (pequeña, mediana y gran empresa) válidamente constituidas, inscritas en el correspondiente censo o registro.

2. Se entenderá por pequeñas, medianas y grandes empresas las definiciones del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado

Plazos de presentación:

Desde: 14/08/2024 00:00

Hasta: 14/10/2024 23:59

El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación requerida, será de dos meses, contados desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Órgano gestor:

Servicio de energías renovables y eficiencia energética

Plazo de resolución:

El plazo máximo para dictar y publicar la resolución de los expedientes será de seis meses, contados a partir de la fecha de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición

 

Normativa básica:

Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa.

Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.

Comunicación de la Comisión (2023/C 101/03): Marco Temporal de Crisis y Transición relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. 

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992

Decreto 14/2000, de 10 de febrero, primera modificación del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 25 de febrero de 2000

Resolución de 24 de junio de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán la concesión de ayudas para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027. (BOPA Nº 125 de 27 de junio de 2024)

Extracto de la Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027. (BOPA Nº 158, de 13 de agosto de 2024)

Resolución de rectificación de errores materiales en la Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se realiza la primera convocatoria de ayudas para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027 (BOPA 09 de octubre de2024)

Información adicional:

Podrán optar a estas ayudas las inversiones en proyectos de inversión empresarial generadores de empleo ubicados en el Principado de Asturias, cuyo fin sea:

  1. la producción de equipos pertinentes para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, a saber, baterías, paneles solares, turbinas eólicas, bombas de calor, electrolizadores y equipos de captura, almacenamiento y utilización de carbono.
  2. La producción de componentes esenciales diseñados y utilizados principalmente como insumo directo para la producción de los equipos definidos en el apartado a), relacionados en el anexo I de la convocatoria.
  3. La producción o recuperación de las materias primas fundamentales conexas necesarias para la producción de los equipos y componentes esenciales definidos en los apartados a) y b).
Se considerarán como materias primas fundamentales conexas para la producción de los equipos y componentes esenciales, todas las materias primas fundamentales definidas en la lista del Anexo IV del Reglamento (UE) nº 1315/2023 de la Comisión, de 23 de junio de 2023, así como las definidas en futuras actualizaciones.
 
SERVICIOS RELACIONADOS

FICHA DE ACREEDORES

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Acreditación de la representación del firmante de la solicitud
  • Escritura pública de constitución
  • Estatutos actualizados con justificante de inscripción en el registro correspondiente.
  • Cuentas anuales del solicitante o de cada entidad que forme parte de la agrupación, en su caso, correspondientes al último ejercicio cerrado y con cuentas anuales auditadas y aprobadas, correctamente depositadas en el Registro Mercantil o equivalente junto con el justificante de depósito, y si está obligada a ello, los pertinentes informes de auditoría. Las entidades sin obligación legal de depósito y registro presentarán la última declaración del impuesto de sociedades o, en su caso, certificado de exención, así como balance y cuenta de pérdidas y ganancias de último año fiscal.
  • Informe de riesgos de la Central de información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) agregado de la deuda financiera de la entidad solicitante o de cada entidad que forme parte de la agrupación.
  • Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia deberán presentar el acuerdo de agrupación suscrito con carácter previo a la formalización de la solicitud.
  • Documentación acreditativa de los puestos de trabajo de la empresa a fecha de solicitud de la ayuda
  • Memoria técnica-económica del proyecto, cuyo contenido se ajuste al anexo II.1
  • Memoria de evaluación del cumplimiento del principio de no causar un perjuicio singnificativo (DNSH)
  • Documento resumen, de entre diez y quince páginas sobre la defensa contra el cambio climático de las infraestructuras en el que se analice la neutralidad climática y la resiliencia frente al cambio climático del proyecto.
  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos y obligaciones para participar en la convocatoria.
  • Declaración responsable del tamaño empresarial.
  • Declaración responsable de la titularidad real (Personas jurídicas)
  • Declaración responsable acerca de otras ayudas para la misma actuación o finalidad.

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