RECE0033T03 - Declaración responsable de inicio de actividad de alojamiento turístico en la modalidad de viviendas de uso turístico o de comunicación de modificaciones

Finalidad:

Declarar responsablemente, con antelación al inicio de actividad, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 48/2016, de 10 de agosto, de viviendas vacacionales y viviendas de uso turístico para el inicio de la actividad y obtener la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas o comunicar las modificaciones que afecten a las mismas.

Quien lo puede presentar:

Las personas titulares de viviendas de uso turístico.

Presentación:

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico al que se accede a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.

Órgano gestor:

Servicio de Ordenación, Innovación y Calidad Turística.

Plazo de resolución:

3 meses.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:
  • Potestativo de reposición
  • Extraordinario de revisión
Información adicional:

REGISTRO

Presentada correctamente la declaración responsable, las viviendas de uso turístico se inscribirán de oficio en el registro de empresas y actividades turísticas.

Son aquellas ubicadas en un edificio de varias plantas sometido a régimen de propiedad horizontal, en las que se presta únicamente el servicio de alojamiento mediante precio de forma habitual. Se contratarán íntegramente o por habitaciones.

La vivienda de uso turístico no podrá estar calificada como vivienda protegida.

MODIFICACIONES O CESE DE ACTIVIDAD

Toda modificación en el establecimiento que afecte a su titularidad, categorización iniciales o al resto de datos objeto de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas deberá ser previamente comunicada al órgano competente en materia de turismo.

Las personas titulares de los establecimientos comunicarán a la administración turística el cese definitivo de su actividad en el plazo máximo de 30 días desde que este se produzca que conllevará la cancelación de la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.

EFECTOS DE LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE, O DE LA INEXACTITUD, FALSEDAD U OMISIÓN, DE CARÁCTER ESENCIAL, DE CUALQUIER DATO O INFORMACIÓN

La falta de la presentación ante la Administración autonómica de la declaración responsable, así como la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o una comunicación, o la no disponibilidad de la documentación requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará la imposibilidad de realizar o continuar el ejercicio de la actividad de alojamiento turístico ofertada en la modalidad de  viviendas vacacionales o viviendas de uso turístico, procediéndose de oficio a la tramitación del correspondiente procedimiento de cancelación, previa audiencia a la persona interesada, dictándose Resolución por el órgano competente en materia turística que declare la concurrencia de tales circunstancias, deje sin efecto la declaración responsable y ordene el cese de la actividad declarada, lo que implicará la cancelación de la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado de Asturias, sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley del Principado de Asturias 7/2001, de Turismo.

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

  • La Ley del Principado de Asturias 7/2001, de 22 de junio, de Turismo, señala como infracción grave (muy grave cuando suponga riesgo para los usuarios) la prestación de servicios o la realización de actividades turísticas por quien no haya realizado la declaración responsable previa así como la realización de la misma con inexactitud, falsedad y omisión, de carácter esencial, de cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe a la misma. A su vez, califica como infracción grave la obstrucción a la labor inspectora, la negativa o resistencia a facilitar la información requerida y el suministro de información falsa o inexacta a los inspectores u órgano competente de la Administración del Principado de Asturias.
  • Las infracciones graves y muy graves pueden conllevar sanciones entre 601,02 € y 60.101,21 €.

Documentación que NO es necesario presentar, pero que deberá hallarse a disposición de la Administración para su comprobación desde el momento de la presentación de la Declaración Responsable.

  • Acreditación de la personalidad física o jurídica de empresa explotadora.
  • Título que acredite la disponibilidad de la vivienda.
  • Acreditación del cumplimiento de la normativa municipal aplicable (licencia de actividad, licencia ambiental, etc.).
  • Proyecto técnico visado, o planos de distribución interior de planta, a escala 1/100, en los que se indicará el destino y superficie de cada dependencia.
  • Cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, según el caso.
  • Si existe una persona gestora, autorización o título suficiente del propietario para la gestión de la vivienda.
  • En caso de prohibición en los estatutos de la comunidad de propietarios, autorización expresa por escrito de la misma para ejercer la actividad.
  • Póliza del seguro de responsabilidad civil con una cuantía mínima de cobertura de 150.250€ sin que, en su caso, la franquicia sea superior a 602€ y del recibo acreditativo del pago. El seguro deberá ser de explotación, no serán válidos los de hogar.
  • SERVICIOS RELACIONADOS

Documentos a presentar:
Documentación requerida
  • Declaración responsable en modelo normalizado. No será necesaria su aportación en el caso de presentación de la declaración responsable a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico".
En el caso de que la presentación de la declaración responsable se haga por medio de representante:
  • Documento acreditativo de la persona que actúe en representación, salvo que ya hubiera sido aportado anteriormente.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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