AUTO0370T01 - Autorización ambiental integrada simplificada

Finalidad:

Obtener autorización para la explotación de las actividades e insta­laciones, de titularidad pública o privada, en las que se desarrollen algunas de las actividades de incidencia ambiental moderada, entendiendo por tales actividades aquellas que no es­tando incluidas en el anexo I de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, requieren evaluación de impacto ambiental ordinaria o una autorización ambiental sectorial en materia de agua, aire, suelo o residuos conforme a la normativa estatal o autonómica. En esta autorización se establecerán los requisitos de carácter medioambiental que se deben cumplir con la finalidad de evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo de dichas actividades.

Esta autorización precederá a la construcción, montaje o traslado de las instalaciones y se adaptará a las modificaciones que se produzcan en estas.

Quien lo puede presentar:

Titulares de actividades o instalaciones que se refieran a proyectos que:

  1. Requieren evaluación de impacto ambiental ordinaria y/o
  2. Requieren alguna autorización ambiental sectorial competencia del Prinicipado de Asturias por:
    • Estar incluidas en el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera pertenecientes a los grupos A o B a las que se refiere la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera.
    • Desarrollar operaciones de tratamiento de residuos, según lo regulado en la Ley 7/2022.
    • Realizar vertidos de aguas residuales desde tierra al mar, regulados en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
    • Realizar vertidos de aguas residuales de forma directa a colectores o instalaciones de depuración competencia de la comunidad autónoma, de acuerdo con lo señalado en la Ley del Principado de Asturias 5/2002, de 3 de junio, sobre Vertidos de Aguas Residuales Industriales a los sistemas públicos de saneamiento.
Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Autorizaciones Ambientales.

Plazo de resolución:

4 meses.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición.

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Proyecto básico redactado por técnico competente con los contenidos relacionados en el artículo 38 de la Ley 1/2023.
  • Certificado urbanístico del ayuntamiento en cuyo territorio se ubique la instalación acreditativa de la compatibilidad urbanística y de las ordenanzas municipales, o copia de la solicitud de dicho certificado.
  • Cualquier otra información y documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos establecidos en planes, ordenanzas y normativas técnicas de aplicación a la actividad en el ayuntamiento en cuyo territorio se ubique la instalación.
  • Cualquier otra información y documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos establecidos en la legislación medioambiental aplicable, incluidas en su caso las relativas a fianzas y seguros obligatorios que sean exigibles, entre otras, por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
  • Documento comprensivo de los datos que, a juicio del solicitante, gocen de confidencialidad de acuerdo con las disposiciones vigentes.
  • Resumen no técnico de todas las indicaciones especificadas, para facilitar su comprensión a efectos del trámite de información pública.
En las actividades que realicen vertidos al dominio público hidráulico regulados en el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001:
  • Documentación exigida por el organismo de cuenca para su autorización.
Cuando sea necesario para el desarrollo de la actividad:
  • Copia de las autorizaciones o concesiones previas de dominio público u otras exigidas por la normativa sectorial, o copia de su solicitud cuando estén en trámite.
Cuando se trate de instalaciones sujetas al Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se establecen medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas:
  • Documentación exigida por la normativa estatal y autonómica en la materia.
En caso de que la instalación tenga implantado un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales de acuerdo con el Reglamento (CE) 1221/2009:
  • Última declaración medioambiental validada y sus actualizaciones.
En su caso:
  • Estudio de impacto ambiental o documento ambiental, con el contenido y requisitos exigidos por la legislación vigente en materia de evaluación de impacto ambiental de proyectos.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona física solicitante.
  • Tarjeta de identificación fiscal, de la persona jurídica solicitante
  • Certificado acreditativo de la identificación de las parcelas catastrales donde se va a llevar a cabo la actividad y de su titularidad, así como de la representación gráfica de la delimitación del contorno de la instalación.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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