AUTO0285T01 - Inserción de textos en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA)
Realizar el envío de información para su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Ser persona física o jurídica, que desee insertar un anuncio en el BOPA y que no pertenezca a la Administración del Principado de Asturias.
- Haber pagado la tasa por inserción de textos en el BOPA (en caso de que corresponda).
- El texto del anuncio a publicar deberá enviarse en un archivo editable (.doc, .docx o .rtf) y de tamaño inferior a 1 Mb.
- Pueden añadirse anexos, admitiéndose distintos formatos (.pdf, .xls, .xlsx, .txt, etc.) y de tamaño individual inferior a 1 Mb.
- Pueden introducirse anuncios en color.
- Las solicitudes de inserción serán firmadas por medio de firma digital, serán admitidos:
- DNI electrónico.
- Certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
- De las Cámaras de Comercio (Camerfirma).
- En general los admitidos por el Ministerio de Presidencia en su red SARA.
Todo el año.
Servicio de Publicaciones, Archivos Administrativos, Documentación y Participación Ciudadana, DIR3 A03016067
PAGO DE LA TASA POR INSERCIÓN DE TEXTOS EN EL BOPA
Todo anuncio o disposición publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias devenga el pago de una tasa en concepto de derechos de inserción, excepto en los casos de exención establecidos por la legislación vigente.
El pago se efectuará, una vez recibida la notificación emitida por el Ente de Servicios Tributarios, en cualquier banco o caja de ahorros colaboradora.
SUJETO PASIVO DE LA TASA
El sujeto pasivo de la tasa es la persona física o jurídica solicitante de la inserción de texto. No obstante, en las publicaciones de anuncios relativas a procedimientos iniciados a instancia de particulares para su provecho o beneficio (p.e. solicitudes de licencias, resoluciones judiciales, etc) y a procedimientos de contratación administrativa, se podrá trasladar el pago de la tasa hacia la persona física o jurídica beneficiaria del procedimiento, siendo en este caso responsabilidad del órgano solicitante de la inserción informarle de dicha circunstancia.
PAGO DE LA TASA POR EL BENEFICIARIO DEL PROCEDIMIENTO
En el caso de anuncios cuyo pago se desee trasladar hacia el beneficiario del procedimiento corresponderá al órgano solicitante de la inserción notificar al Boletín Oficial del Principado de Asturias la identidad del sujeto pasivo de la tasa, es decir, nombre y apellidos o razón social, dirección completa y NIF o CIF.
TARIFA VIGENTE POR LA INSERCIÓN DE TEXTOS
Procedimiento ordinario: (Publicación en los ocho días siguientes a la admisión del original en el registro del BOPA del Servicio de Publicaciones, Archivos Administrativos y Documentación). Tipografía verdana 8 puntos, tarifa para una página con una mancha efectiva de 245 mm de alto por 175 mm de ancho 401,37 € resultando el carácter a 0,066895 €. El carácter del espacio en blanco tendrá la consideración de cualquier otro carácter, y por tanto se tarifará de igual manera.
Para tablas, gráficas, planos, fichas o cualquier otro elemento que no sea estrictamente texto, y por tanto no se pueda tarifar mediante caracteres, el precio del milímetro de altura del ancho de una columna de 175 mm será de 1,62 €, independientemente del porcentaje del total del ancho de la línea empleado.
Procedimiento de urgencia: (Publicación en los cuatro días siguientes a la admisión del original en el registro del BOPA del Servicio de Publicaciones, Archivos Administrativos y Documentación). El doble de la tarifa del procedimiento ordinario.
RECURSOS FORMATIVOS DE PUBLIBOPA
En la Sede Electrónica se ha creado una página con material de apoyo para facilitar la tramitación de las solicitudes de inserción de textos en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en la que se dispone de manuales y de videos explicativos. Enlace.
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Tramitación Registro ElectrónicoTramitación telemática
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