AYUD0449T02 - Ayudas por creación de organizaciones de productores pesqueros, de asociaciones de organizaciones de productores pesqueros y de organizaciones interprofesionales del sector pesquero
Obtener ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la creación y reestructuración de las organizaciones de productores pesqueros (OPP), de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros (AOP) y creación de organizaciones interprofesionales del sector pesquero (OIP) con ámbito de actuación en el Principado de Asturias, en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
Organizaciones de productores pesqueros (OPP), asociaciones de organizaciones de productores pesqueros (AOP) y organizaciones interprofesionales del sector pesquero (OIP) que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, y estar inscritas en el Registro General de Organizaciones de Productores Pesqueros y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros establecido en el artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.
- Cumplir con los requisitos de admisibilidad previstos en el artículo 10 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014.
- Cumplir lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No podrán obtener ayuda quienes hubieran sido sancionados con la imposibilidad de obtención de préstamos, subvenciones o ayudas públicas, de acuerdo con el Título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, en su redacción dada por Ley 33/2014, de 26 de diciembre.
- Estar al corriente en sus obligaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de la Seguridad Social y no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.
- Haber presentado el PPYC para el que se solicita la ayuda y haber obtenido su aprobación, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 14 del Real Decreto 277/2016,de 24 de junio.
- Haber sido aprobado el informe anual correspondiente al ejercicio, conforme al artículo 15 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.
Desde: 25/04/2023 00:00
Hasta: 16/05/2023 23:59
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Estructuras Pesqueras.
La resolución de concesión deberá producirse y publicarse íntegramente en el Boletín Oficial del Principado de Asturias en un plazo máximo de 6 meses desde la publicación del extracto de la convocatoria.
Recurso potestativo de reposición.
CÁLCULO DE LA CUANTÍA
-
Se concederá una ayuda durante los cinco primeros años a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución de reconocimiento, alcanzando anualmente un valor a tanto alzado correspondiente al 1% del valor medio de la producción comercializada por los miembros de la OPP o AOP durante los tres años civiles anteriores a la solicitud.
En el caso de las OIP, la ayuda se concederá de la misma manera que la indicada para las OPP y AOP, considerando el valor de la producción de la rama productora. -
La ayuda máxima por organización profesional no podrá superar los 100.000 euros por año.
-
Para las organizaciones profesionales cuyo reconocimiento se produzca después de 2018, el último pago por la financiación de la operación no será posterior al 31 de diciembre de 2023.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
- Solicitud, en modelo normalizado.
- Copia de la escritura de constitución y estatutos, y de las modificaciones ulteriores debidamente inscritas en el registro correspondiente.
- Justificación de que se dispone de una estructura organizativa propia dotada del personal, de la infraestructura y del equipamiento necesario, de conformidad con el artículo 2.7 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.
- Anexo Declaración responsable sobre valor y volumen de producción de la OOPP en los años 2019, 2020 y 2021, en modelo normalizado.
- Ficha de acreedores, en modelo normalizado.
- Documento acreditativo del Número de Identificación Fiscal.
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante.
- Poder notarial de representación, salvo que la capacidad de representación se contemple en los estatutos.
- Certificado del registro central de penados de ausencia de comisión de fraude en el marco del FEP y del FEMP.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación de subvenciones y ayudas concedidas.
- Certificación de ausencia de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas públicas.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
-
Tramitación Registro ElectrónicoSeleccione como desea identificarse:
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.
Área Personal
Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.
Contacta
-
(985.279.100 dende fuera d’Asturies. Puedes consultar el costu de la llamada calcando enriba del enllaz). - Conversa @012Asturias