Esti domingu va producise una intervención técnica que va afectar al funcionamientu de "cl@ve permanente". Disculpen les molesties.
Según comunicó la Xerencia d'Informática de la Seguridá Social, esti domingu 13/10/2024, ente les 08:00 y les 10:00, van realizar una intervención de caltenimientu nos sos servicios. Nel periodu indicáu nun van tar operativos estos servicios de xestión de cl@ve permanente: activación y baxa d'usuariu, escaecimientu y cambéu de contraseña. La creación de certificaos nuevos cl@ve firma nun se va ver afectada, nin tampoco va afectar a los servicios d'autenticación y firma.
DECO0064T02 - Comunicación de botiquines veterinarios
Finalidad:
Comunicación por los facultativos veterinarios de la tenencia, transporte y uso de medicamentos veterinarios; y su ubicación, incluidas las unidades de venta ambulante.
La comunicación también se llevará a cabo cuando el ejercicio profesional se lleve a cabo por más de un veterinario bajo el amparo de entidad jurídica, incluidas las sociedades profesionales.
Quien lo puede presentar:
Facultativos con ejercicio profesional veterinario.
Plazos de presentación:
Todo el año.
Presentación:
Presentación telemática
En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse con la Administración del Principado de Asturias por medios electrónicos.
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
Comunicación de botiquín veterinario
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"