AYUD0433T01 - Subvenciones para la ejecución de "Bonos de conectividad para colectivos vulnerables" (MRR)

Finalidad:

Obtener ayudas económicas, en régimen de concurrencia  no competitiva, destinadas a la ejecución de un programa de emisión de "bonos digitales" dirigido a titulares del salario social básico del Principado de Asturias.

La finalidad de estas subvenciones es contribuir parcialmente al objetivo total cuantitativo del CID #239 de la inversión C15.I3, que incluye la concesión de 125.000 bonos de conectividad a nivel nacional, correspondiéndole al Principado de Asturias la ejecución de 2.248 actuaciones (Bonos Digitales), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Programa UNICO-Bono Social).

Quien lo puede presentar:

Personas titulares de la prestación del Salario Social Básico del Principado de Asturias en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria de estas subvenciones en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).

Plazos de presentación:

Desde: 15/06/2023 00:00

Hasta: 14/08/2023 23:59

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Telecomunicaciones.

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Recurso potestativo de reposición.

Normativa básica:

Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de subvenciones del Principado de Asturias

Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis

Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ley 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés.

Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma.

Decreto 87/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad.

Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia.

Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión de 23 de julio de 2021 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por el Consejo de la UE el 6 de julio de 2021

Ley 4/2021, de 1 de diciembre, de Medidas Administrativas Urgentes.

Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Extracto de la Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se convocan subvenciones destinadas a la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables en el Principado de Asturias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, así como la convocatoria de adhesión al Registro de operadores-colaboradores del programa.

Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones destinadas a la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el Principado de Asturias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea -Next Generation EU-, así como la convocatoria de adhesión al Registro de operadores-colaboradores del programa.

Información adicional:

REGISTRO DE OPERADORES-COLABORADORES ADHERIDOS AL PROGRAMA DE BONOS DIGITALES PARA COLECTIVOS VULNERABLES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS:

  • O2 (Telefónica de España, S.A.U.)

Teléfono/Correo:1551

Web:https://o2online.es/bonos-digitales-fondos-europeos/

  • LOWI (Vodafone España, S.A.U.)

Teléfono/Correo: 956920585 / bonodigital@lowi.es

Web: https://www.lowi.es/blog/bonos-digitales-de-conectividad/

  • TELECABLE (R Cable y Telecable Telecomunicaciones S.A.U)

Teléfono/Correo:900222111 / altas@telecable.es

Web: https://telecable.es/compromiso

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud, en modelo normalizado.
  • Resolución por la que se reconoce a la persona solicitante como titular de la prestación de salario social básico del Principado de Asturias.
  • Certificado de empadronamiento colectivo.
  • Compromiso por escrito de conceder los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias de control, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en el artículo 129.1 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, en modelo normalizado (Anexo A)
  • Modelo de representación, en modelo normalizado (Anexo B).
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
  • Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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