CONV0046T02 - Selección de entidad financiera para la gestión de Carné Joven Europeo
Participar, en régimen de concurrencia competitiva, en el proceso de selección de una entidad colaboradora de carácter financiero para la gestión del programa Carné Joven Europeo en el Principado de Asturias.
Podrán participar en el procedimiento de selección las entidades que estando al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, reúnan los siguientes requisitos:
- Entidades financieras legalmente constituidas que operen en el territorio del Principado de Asturias.
- Sociedades mercantiles cuya participación accionarial mayoritaria corresponda a entidades financieras legalmente constituidas, o que pertenezcan a su grupo al amparo de lo previsto en el artículo 42 del Código de Comercio y que operen en el territorio del Principado de Asturias.
- Unión Temporal de Empresas constituidas legalmente, siempre que forme parte de la misma una entidad de crédito legalmente constituida y opere en el territorio del Principado de Asturias.
Será requisito para poder acceder al procedimiento de selección que las entidades interesadas en participar acrediten un servicio de fidelización dirigido a jóvenes de entre 12 y 30 años y cuenten con una cartera mínima de 6.000 carnés/tarjetas de fidelización emitidas a dichos jóvenes.
Desde: 13/07/2022 23:59
Hasta: 10/08/2022 23:59
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Instituto Asturiano de la Juventud
El plazo máximo de resolución y notificación será de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución que establece el procedimiento de selección en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
- Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario.
- Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Resolución de 30 de junio de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se establece el procedimiento para la selección de una entidad colaboradora para la gestión del programa Carné Joven Europeo en el Principado de Asturias.
- Resolución de 13 de julio de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se rectifica error advertido en la Resolución de 30 de junio de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se establece el procedimiento para la selección de una entidad colaboradora para la gestión del programa Carné Joven Europeo en el Principado de Asturias.
- Solicitud
- Escritura de constitución de la entidad o de la Unión Temporal de Empresas
- Estatutos de la entidad o de la Unión Temporal de Empresas
- Documentación acreditativa de la representación que ostenta la persona que presenta la solicitud.
- Proyecto de colaboración para la gestión del programa Carné Joven Europeo en el Principado de Asturias, de acuerdo con el modelo recogido en el Anexo II; y que deberá recoger los apartados que se indican a continuación, que serán valorados de acuerdo con los criterios de selección del resuelvo séptimo a) Propuesta económica para la gestión del programa del programa Carné Joven Europeo en el Principado de Asturias cuya dirección corresponde al Instituto Asturiano de la Juventud del Principado de Asturias. La cantidad mínima será, en su parte fija, de 40.000 euros anuales (IVA excluido). b) Propuesta de inversión en campañas publicitarias del Carné Joven Europeo, detallándose el número de estas y su importe. c) Relación de cada una de las oficinas y/o sucursales en las que el Carné Joven Europeo pueda obtenerse, que no podrá ser inferior a 25. d) Declaración del número de personas jóvenes (entre 12 y 30 años) clientes de la entidad.
- Declaración del número de personas jóvenes (entre 12 y 30 años) clientes de la entidad.
- Condiciones del seguro de asistencia en viaje gratuito (Anexo III).
- Acuerdo en materia de protección de datos (Anexo IV).
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
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