AYUD0422T01 - Participación en el proyecto piloto "CONECT-AS" y concesión directa de bono para la reducción de la brecha digital (MRR)
Participar en el proyecto piloto "CONECT-AS: Itinerarios de inclusión social digital en el Principado de Asturias" y obtener ayuda directa, consistente en un bono, destinado a reducir la brecha digital de las personas en riesgo de pobreza y exclusión social.
Podrán solicitar el Bono "CONECT-AS" todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos a la fecha de publicación de las bases reguladoras:
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Línea 1. Residencia en el territorio del Principado de Asturias y estar empadronado en un concejo de más de 20.000 habitantes (Oviedo, Gijón, Avilés, Siero, Langreo, Mieres y Castrillón).
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Línea 2. Residencia en el territorio del Principado de Asturias y estar empadronado en un concejo de menos de 20.000 habitantes.
- Quienes no ostenten la nacionalidad española o la condición de nacional de los Estados Miembros de la Unión Europea, además, habrán de tener el permiso de residencia.
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Ser persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital (IMV), del Salario Social Básico (SSB) o de ambas. Se entiende por "persona beneficiaria" aquella que sea titular de la prestación o integrante de la Unidad Económica de Convivencia Independiente (UECI) de cualquiera de las prestaciones y cumpla con el resto de requisitos.
Si la persona solicitante forma parte de una Unidad Económica de Convivencia (UECI) del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y también del Salario Social Básico (SSB) o de ambas, prevalecerá la unidad de convivencia del expediente de Salario Social Básico (SSB).
Solo se podrá presentar una solicitud por Unidad Económica de Convivencia (UECI).
En el supuesto de que se presente más de una solicitud de la misma UECI, solo se admitirá la primera que se reciba por orden de entrada, siempre que cumpla con los requisitos, siendo rechazadas las que se presenten con posterioridad, independientemente de que cumplan o no, con los requisitos. -
Tener al menos 18 años de edad, en la fecha de la publicación de la resolución reguladora de las bases.
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Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles tanto al dictarse la propuesta de resolución de admisión en el proyecto y de concesión del bono, como en el momento anterior al pago del mismo.
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Cumplimentar y remitir un cuestionario previo, así como manifestar el consentimiento para la participación en el proyecto con carácter previo a la admisión definitiva, concesión y pago de la ayuda. La remisión de dicho cuestionario y del consentimiento deberá realizarse en el plazo máximo de 10 días hábiles siguientes a la publicación en el BOPA de la lista de personas propuestas para la participación en el proyecto y, en consecuencia, concesión de la ayuda.
Desde: 17/11/2022 00:00
Hasta: 30/11/2022 23:59
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de gestión de salario social básico y otras prestaciones económicas.
3 meses.
Recurso potestativo de reposición.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- REGLAMENTO (UE) 2020/2094 DEL CONSEJO de 14 de diciembre de 2020 por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19
- REGLAMENTO (UE) 2021/241 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Resolución de 24 de junio de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueban las bases reguladoras para la participación en el proyecto piloto "CONECT-AS: Itinerarios de inclusión social digital en el Principado de Asturias" y la concesión directa de una ayuda consistente en un bono destinado a la reducción de la brecha digital
- Resolución de 21 de julio de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para la participación en el proyecto piloto "CONECT-AS: Itinerarios de inclusión social digital en el Principado de Asturias" y la concesión directa de una ayuda consistente en un bono destinado a la reducción de la brecha digital.
- Aprobación de las listas provisionales de solicitudes admitidas, excluidas e incompletas o defectuosas requeridas para subsanar, en el proyecto piloto "CONECT-AS: Itinerarios de inclusión social digital en el Principado de Asturias" y la concesión directa de una ayuda consistente en un bono destinado a la reducción de la brecha digital, aprobado por Resolución 24 de junio de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar
PERMISOS INDIVIDUALES DE CARÁCTER TURÍSTICO
- Son los destinados al fomento del turismo para su distribución entre pescadores extranjeros y comunitarios no españoles.
- La Administración exigirá la justificación documental de la nacionalidad que se declare.
- Dado que la aplicación con la que se gestionan estos permisos, no admite pasaportes la presentación de los mismos será necesariamente presencial o bien por e-mail a negociadopesca@asturias.org
Las empresas de intermediación turística que deseen presentarse a la adjudicación de permisos deberán presentar solicitud hasta el 8 de febrero de 2023, dirigida a la Dirección General del Medio Natural y Planificación Rural, mediante registro electrónico, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta solicitud se acompañará de la documentación acreditativa de la empresa turística: escritura, documento de constitución, estatutos o acto fundacional de la empresa, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en registro público que proceda.
Adjudicación directa
En caso de que a fecha de sorteo quede desierta la adjudicación por no existir solicitudes, los permisos de coto quedarán a disposición de cualquier empresa de intermediación turística que por orden de solicitud los demanden en el Negociado de Pesca, debiendo efectuarse el pago en el plazo máximo de diez días y siempre al menos dos días hábiles antes de su disfrute.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.
- Solicitud en modelo normalizado.
- Ficha de Acreedor, según modelo oficial, debidamente cumplimentada, firmada y sellada por la entidad bancaria, sin tachaduras ni borrones.
- Declaración responsable de que el solicitante cumplirá toda la normativa nacional y de la Unión Europea que resulte de aplicación, en modelo normalizado
- Documentación acreditativa de la representación (Deberá aportarse siempre que la representación no se acredite a través de un poder notarial o si el poder notarial no dispone de Código Seguro de Verificación-CSV o disponiendo de éste se haya ejercido el derecho de oposición a su consulta).
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
- Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
- Certificado de empadronamiento.
- Documentación acreditativa de ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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