AUTO0342T01 - Admisión de alumnado en cursos de especialización de formación profesional

Finalidad:

Solicitar la admisión para realizar cursos de especialización de formación profesional en centros docentes públicos.

 

Quien lo puede presentar:

Para acceder a los cursos de especialización de grado medio se requerirá estar en posesión de una de las titulaciones de Técnico, especificadas en la normativa básica que establece el curso de especialización y los aspectos básicos de su currículo.

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, se podrán contemplar, en caso de disponibilidad de plazas, el acceso de personas que no cuenten con los títulos requeridos, pudiendo admitir, hasta un máximo del 20 % de las plazas, a las personas que cumplan los requisitos siguientes enumerados por orden de prelación:

a) Personas que, contando con un título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional diferente de los que den acceso al curso de especialización de que se trate, acrediten experiencia en el área profesional asociada a dicho curso.

b) Personas que, contando con un título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional diferente de los que den acceso al curso de especialización de que se trate, acrediten conocimientos previos adecuados mediante una prueba de capacidad, una entrevista personal, una solicitud de motivación de ingreso, su currículum, o su experiencia laboral.

c) Personas que no dispongan de un título de Técnico de Formación Profesional y que puedan acreditar conocimientos previos que garantice su competencia para seguir con éxito el curso de especialización, mediante una prueba de capacidad, una entrevista personal, su currículum, o su experiencia laboral. En este supuesto, estas personas podrán cursar el curso de especialización, obteniendo una certificación académica de realización con aprovechamiento que sustituirá al título de Especialista, que no podrá obtenerse sin una titulación previa de Técnico de Formación Profesional.

Para acceder a los cursos de especialización de grado superior se requerirá estar en posesión de uno de los títulos de Técnico Superior especificados en la disposición de establecimiento del curso de especialización y los aspectos básicos de su currículo.

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, se podrán contemplar el acceso de personas que no cuenten con los títulos requeridos, pudiendo admitir, en caso de contar con disponibilidad de plazas a personas que cumplan los requisitos, enumerados por orden de prelación, siguientes:

a) Personas que cuenten con un título de Técnico Superior de Formación Profesional diferente de los que den acceso al curso de especialización de que se trate y acrediten su experiencia en el área profesional asociada a dicho curso.

b) Personas que cuenten con un título de Técnico Superior de Formación Profesional, diferente de los que dan acceso y que puedan acreditar sus conocimientos previos mediante una prueba de capacidad, una entrevista personal, una solicitud de motivación de ingreso, su currículum, o su experiencia laboral.

c) Personas que, no contando con uno de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, acrediten conocimientos previos adecuados mediante fórmulas
que garantice su competencia para seguir con éxito el curso como, entre otras, una prueba de capacidad; una entrevista personal; su currículum; o su experiencia laboral.

Las personas a las que se refiere el párrafo anterior podrán realizar el curso de especialización, obteniendo una certificación académica de asistencia con aprovechamiento en sustitución del título de Máster de Formación Profesional, que solo podrá otorgarse a quienes cuenten con un título de Técnico Superior de formación profesional.

 

 

Plazos de presentación:

Desde: 23/09/2024 00:00

Hasta: 27/09/2024 23:59

Presentación:

Presentación presencial

  • Centros Educativos
  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Centros y Enseñanzas Profesionales.

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:

Recurso de alzada.

Información adicional:

Cada solicitante presentará una única instancia en el centro de su primera opción, en la que podrá relacionar hasta 4 opciones por orden de preferencia.

En caso de presentar instancia en más de un centro educativo, solo se tendrá en cuenta la primera registrada en la aplicación informática.

Reservas y vías de acceso:

Se establecen las siguientes reservas y vía de acceso:

  • Reserva 1. Discapacidad: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se incluirán en esta reserva aquellas personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
    • Porcentaje asignado: 5 %. Debiendo ser al menos 1 plaza.
  • Reserva 2. Deportistas de alto nivel y alto rendimiento: de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.3 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
    • Porcentaje asignado: 5 %. Debiendo ser al menos 1 plaza.
  • Acceso a cursos de especialización de grado medio: vía única, requerirá estar en posesión de uno de los títulos de Técnico especificados en la disposición de establecimiento del curso de especialización y los aspectos básicos de su currículo.
    • Porcentaje asignado: 90 %
  • Acceso a cursos de especialización de grado Superior: Vía única, requerirá estar en posesión de uno de los títulos de Técnico Superior especificados en la disposición de establecimiento del curso de especialización y los aspectos básicos de su currículo.
    • Porcentaje asignado: 90% 

 

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, las administraciones competentes podrán contemplar el acceso de personas que no cuenten con los títulos requeridos, pudiendo admitir, en caso de contar con disponibilidad de plazas a personas que cumplan los requisitos, enumerados en los artículos 15.2 y 16.2., de la Resolución de 5 de junio de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado, en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias, para cursar Grados D y E, ciclos formativos de formación profesional de grado básico, de grado medio, de grado superior y cursos de especialización, en modalidad presencial, semipresencial, virtual y modular

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Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
Acreditación a efectos de requisito de acceso
  • Título o Certificación equivalente del Título de Técnico Superior que da acceso al curso de especialización
Acreditación a efectos de baremación
    Reserva discapacidad:
    • Certificado de discapacidad o tarjeta acreditativa de discapacidad.
    Reserva deportista de alto nivel y alto rendimiento:
    • Copia de la resolución que reconozca su condición expedida por el órgano competente.
    Nota media del expediente del ciclo formativo de grado superior queda acceso a la enseñanza:
    • Título del ciclo formativo que da acceso a la enseñanza con nota media o certificado académico oficial.
    Documentos aportados
    • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
    Documentación relacionada:

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