AUTO0336T01 - Acreditación de entidades de formación de adiestradores caninos y cuidadores de animales de compañía

Finalidad:

Obtener la acreditación como entidad reconocida para impartir cursos de formación que permitan obtener el certificado de capacitación de adiestradores y cuidadores de animales de compañía.

Quien lo puede presentar:

Personas físicas o jurídicas que dispongan de personal docente especializado y debidamente acreditado, instalaciones adecuadas propias o contratadas para tal fin y medios apropiados para  la impartición de esta materia.

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Órgano gestor:

Servicio de Sanidad y Producción Animal

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Información adicional:

Obligaciones de las entidades de formación acreditadas

  • Comunicar al órgano competente cualquier modificación respecto al contenido de la documentación presentada con la solicitud, a los efectos de mantener la acreditación de la entidad.
  • Remitir al órgano competente, con una antelación mínima de un mes a la fecha de celebración de cada edición del curso, una comunicación, según modelo del anexo IV, indicando: el responsable del curso, la relación de profesores, el módulo específico a impartir, fecha y horario de celebración prevista y número de alumnos.
  • Si se detectase algún defecto en la comunicación, el Servicio lo pondrá en conocimiento de la entidad organizado­ra para su subsanación en un plazo no superior a diez días a partir del siguiente a la fecha del requerimiento.
  • Expedir un certificado de aprovechamiento del curso a los participantes que han asistido a la totalidad de las horas lectivas y que han superado la prueba de evaluación que comprueba el aprovechamiento del curso.
  • Remitir al órgano competente, en un plazo de siete días desde la finalización de cada edición del curso, la so­licitud de emisión de los certificados oficiales de capacitación, según el modelo del anexo V, con la relación de los alumnos a los que se les haya emitido el certificado de aprovechamiento.
  • Hacer entrega de los certificados oficiales de capacitación a los interesados.
  • Colaborar en los controles administrativos e inspecciones que realice el Servicio competente y de proporcionar cualquier documentación que se considere necesaria para la comprobación del cumplimiento de los requisitos y le sea requerida por el mismo.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Datos de la identidad de la personalidad del solicitante y, en su caso, del representante legal que formula la petición.
  • Copia del NIF, para los casos de personas jurídicas.
  • Copia del justificante del poder de representación del que formula la solicitud, para los casos de personas jurídicas
  • Copia del documento de constitución de la sociedad, para los casos de personas jurídicas
  • Estatutos, para los casos de personas jurídicas
  • Descripción completa de los cursos de formación a impartir, de manera que permita comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos y que se garantice un nivel adecuado de capacitación en el cuidado y manejo de los animales respetuoso con las normas de protección y bienestar animal o para el adiestramiento
  • Descripción y localización de las instalaciones
  • Relación de los medios materiales de que dispone para el desarrollo del curso.
  • Relación del personal docente.
  • Justificantes que acrediten la capacitación del personal docente, formación y experiencia necesarias para impartir las clases prácticas y teóricas.
  • Declaración responsable de que la entidad dispondrá de una póliza de seguro de responsabilidad civil en lo referente a las dependencias y animales que puedan ser utilizados en las prácticas, cuando dichas prácticas estén expresamente previstas en el programa aportado; así como de que la entidad se compromete a suscribir una póliza de seguro de accidentes personales que cubra a cada uno de los alumnos del curso
  • Compromiso de cumplir con las obligaciones establecidas en el resuelvo sexto
En el caso de ejercer oposición expresa a su consulta
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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