AUTO0215T25 - Reconocimiento de la experiencia laboral en las cualificaciones profesionales incluidas en la familia profesional de Seguridad y Medio Ambiente

Finalidad:

Obtener el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, en las unidades de competencia profesional incluidas en la oferta de formación profesional de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en la familia profesional de Seguridad y Medio Ambiente (SEA).

Quien lo puede presentar:

Profesionales con experiencia en las unidades de competencia profesional incluidas en la oferta de formación profesional de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en la familia profesional de Seguridad y Medio Ambiente (SEA) que acrediten, en la fecha de inscripción en el procedimiento, el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o tarjeta familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
2. Tener en el momento de realizar la inscripción, cómo mínimo:

  • 18 años cumplidos para las unidades de competencia de nivel I.
  • 20 años cumplidos para las unidades de competencia de niveles II y III.

3. Acreditar experiencia laboral y/o formación no formal relacionada con las competencias que se pretenden acreditar:

  • En el caso de experiencia laboral, en los últimos 15 años antes de la presentación de la solicitud, un mínimo de:
    • 1.200 horas trabajadas para las unidades de competencia de nivel I.
    • 2.000 horas trabajadas para las unidades de competencia de niveles II y III.
  •  En el caso de formación no formal, en los últimos 10 años antes de la presentación de la solicitud, un mínimo de:
    • 200 horas para las unidades de competencia de nivel I.
    • 300 horas para las unidades de competencia de niveles II y III.
    • En los casos en que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretenden acreditar prevean una duración inferior, las horas establecidas en los correspondientes módulos.
Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Órgano gestor:

Servicio de Gestión de Centros Propios y Programas de Empleo-Formación.

Plazo de resolución:

6 meses desde que la solicitud tenga entrada en el registro electrónico del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Información adicional:
  • En caso de que no se dicte resolución expresa en plazo, la solicitud presentada se entenderá desestimada por silencio administrativo.
  • El modelo de Curriculum Vitae Europeo podrá descargarse en el siguiente enlace: https://europa.eu/europass/es/create-europass-cv

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Anexo I: Listado de unidades de competencia convocadas.
  • Historial personal y/o formativo de acuerdo con el modelo de Curriculum Vitae Europeo.
  • Documentación acreditativa de la formación no formal en el que consten los contenidos, las horas de formación, las fechas de realización y la expresión formal que acredite que ha sido superada, evaluada positivamente o cursada con aprovechamiento.
Documentación acreditativa de la experiencia laboral:
    En el caso de personas trabajadoras asalariadas:
    • Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
    • Contratos de trabajo o certificaciones de las empresas donde se haya adquirido la experiencia laboral, en las que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha desarrollado dicha actividad. Con el fin de facilitar la presentación de la certificación de la empresa, se podrá utilizar el modelo normalizado denominado "Certificado de empresas para personas trabajadoras".
    En el caso de personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia:
    • Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en el régimen correspondiente.
    • Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
    En el caso de personas voluntarias y becarias:
    • Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que conste las actividades y funciones realizadas, el año de realización y el número de horas total dedicadas a la mismas.
    Personas mayores de 25 años que no puedan acreditar el cumplimiento de los requisitos:
    • Declaración responsable o alguna otra prueba admitida en derecho.
    Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
    Documentos aportados
    • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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