AUTO0302T01 - Alta de zona de abastecimiento en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC)
Finalidad:
Solicitar el alta o la baja de una zona de abastecimiento para que sea registrada en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC)
Quien lo puede presentar:
Personas o entidades públicas o privadas que controlen la calidad del agua de consumo humano.
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
- Las personas físicas podrán presentar las solicitudes en:
- Las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
- Las personas jurídicas podrán presentar las solicitudes en:
- En la sede electrónica del Principado de Asturias: https://sede.asturias.es (código de ficha de servicio AUTO0302T01)
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:
Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental
Plazo de resolución:
3 meses
Efecto del silencio administrativo:
No procede
Normativa básica:
Información adicional:
Pasos a seguir
- Solicitud de alta
- El titular o gestor del abastecimiento solicita el alta por escrito a la Agencia de Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Consumo (Servicio de Seguridad Alimentaria Sanidad Ambiental) según modelo normalizado.
- El administrador autonómico, después de revisar la documentación remitida, crea la zona de abastecimiento y la registra en el SINAC.
- El gestor del abastecimiento recibe un aviso por correo electrónico de que el alta de la zona de abastecimiento en el SINAC se ha llevado a cabo. A continuación, debe entrar en la aplicación http://sinacv2.sanidad.gob.es/ y dar de alta las infraestructuras asociadas a dicha zona de abastecimiento en un plazo máximo de 10 días desde que recibe la notificación.Hasta que la zona de abastecimiento no esté dada de alta no se podrán cumplimentar los datos correspondientes al conjunto de infraestructuras que forman parte de la misma.
- Solicitud de baja
- El titular del abastecimiento debe solicitar la baja por escrito a la Agencia de Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Consumo (Servicio de Seguridad Alimentaria Sanidad Ambiental) indicando el motivo que justifique dicha solicitud y a la vez cumplimentar el modelo normalizado (formulario de solicitud), indicando en la casilla Baja Zona abastecimiento
- El administrador autonómico, después de revisar la documentación remitida, solicita la baja en el SINAC al Ministerio de Sanidad de la zona de abastecimiento solicitada.
- El gestor del abastecimiento recibe un aviso por correo electrónico de la baja de la zona de abastecimiento en el SINA
Importante
- No se aceptarán solicitudes de alta de zonas de abastecimiento para las que no se identifique la procedencia del agua suministrada y se incluya el esquema representativo del abastecimiento indicando el volumen de agua distribuida (m³/día).
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
- Solicitud normalizada del procedimiento
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:
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