AUTO0257T03 - Prueba general de acceso a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño
Participar en la prueba general de acceso a los ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño para quienes no estén en posesión del título de bachiller ni del certificado de superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Quienes carezcan de los requisitos académicos de acceso y cumplan una de las siguientes condiciones:
- Tener como mínimo 19 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realiza la prueba.
Desde: 08/04/2024 00:00
Hasta: 19/04/2024 23:59
Secretaría del IES La Magdalena
Avenida Leopoldo Alas 1
33402 Avilés
Servicio de Ordenación Académica y Evaluación Educativa
Recurso potestativo de reposición
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. BOE 04 de mayo de 2006
- Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. BOE 25 de mayo de 2007
- Decreto 77/2013, de 25 de septiembre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en el Principado de Asturias. BOPA 03 de octubre de 2013
- Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan las pruebas de madurez sustitutivas de los requisitos académicos de acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las actividades de formación deportiva del período transitorio, a Ciclos Formativos de Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño y a las Enseñanzas Artísticas Superiores, en el Principado de Asturias, correspondientes al año 2024.
1. ESTRUCTURA DE LA PRUEBA
La prueba constará de tres ejercicios de las siguientes materias:
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera (se elegirá entre Inglés o Francés)
- Matemáticas o Historia (se elegirá una de las dos)
2. CELEBRACIÓN DE LA PRUEBA
- La sede de realización de la prueba se publicará en la fecha que determine la convocatoria anual correspondiente.
- Las personas aspirantes deberán ir provistas de DNI, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido que esté en vigor que acredite suficientemente la identidad y la edad de la persona aspirante, así como los útiles de escritura que figuran en las orientaciones que serán publicadas en el portal Educastur (http://www.educastur.es).
3. RECLAMACIÓN CONTRA LAS CALIFICACIONES
- Contra la calificación final obtenida en las pruebas podrá presentarse reclamación dirigida al presidente o la presidenta del tribunal, en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las calificaciones.
4. CERTIFICACIÓN
- Quienes hayan superado la prueba general de acceso podrán solicitar en la secretaría del centro de realización la expedición del certificado acreditativo.
- En ningún caso se extenderá certificación de haber superado algún ejercicio de la prueba general de acceso.
- Solicitud en modelo normalizado
- Pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido, en vigor, que acredite suficientemente la identidad y la edad de la persona aspirante
- Certificación académica.
- Informe médico que acredite su diagnóstico clínico, expedido por un Servicio de salud y/o informe de evaluación psicopedagógica emitido por el Departamento de Orientación del centro educativo donde haya cursado estudios o de un Servicio especializado de orientación.
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificado acreditativo del grado de discapacidad expedido por la autoridad competente al efecto
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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