AYUD0259T01 - Subvención a asociaciones y federaciones de caza para el fomento, mantenimiento y ordenado aprovechamiento de especies y actividades cinegéticas
Obtener ayudas destinadas al apoyo y la promoción de actividades que contribuyan al fomento, mantenimiento y ordenado aprovechamiento de los recursos cinegéticos.
Asociaciones de cazadores adjudicatarias de cotos regionales de caza de Asturias, agrupaciones de estas asociaciones de cazadores y federaciones de caza que cumplan los siguientes requisitos:
- Desarrollar su actividad en el Principado de Asturias.
- Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos de lo dispuesto en la base segunda de la resolución de 23 de noviembre de 2010, por la que se aprueban las bases que rigen esta convocatoria.
Desde: 01/09/2022 00:00
Hasta: 15/09/2022 23:59
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Vida Silvestre
Recurso potestativo de reposición
Actuaciones subvencionables
- Indemnizaciones de daños producidos por especies cinegétias (desde el 1 de mayo de 2021 hasta el 31 de agosto de 2022).
- Actuaciones de mejora en terrenos cinegéticos que faciliten el mejor aprovechamiento del jabalí y la disminución de daños.
- Celebración de jornadas técnicas y de divulgación de los recursos cinegéticos.
- Pólizas de seguro de accidentes de circulación causados por especies cinegéticas en el ámbito de los cotos regionales de caza.
Compatibilidad
- Estas subvenciones serán compatibles con la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones públicas, entes o personas públicas o privadas, nacionales o internacionales, siempre que las normas y bases reguladoras que rijan estas últimas no establezcan otra cosa. En caso de incompatibilidad se procederá a la revocación y reintegro de la subvención concedida en la convocatoria que se derive de las presentes bases.
- El importe de las subvenciones, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.
Ficha de acreedores
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
- Solicitud en modelo normalizado
- Ficha de acreedores. Solo en el caso de que no se hubiera aportado nunca o si se hubiesen producido modificaciones en los datos del titular
- Declaración responsable del solicitante o responsable legal de no estar incurso en los supuestos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003. De 17 de noviembre, General de Subvenciones, en modelo que figura en anexo IV de la resolución de convocatoria.
- Documentación acreditativa de cumplir con lo recogido en el pliego de condiciones de la adjudicación del acotado de caza en lo referente a las obligaciones laborales, fiscales y de Seguridad Social para el número total de guardas que se indica en el mismo: copia del contrato de trabajo en vigor del número de guardas de campo del acotado
- Copia de la titulación exigida del número de guardas de campo del acotado
- Certificación del secretario de la sociedad de la justificación del pago de indemnizaciones por daños en la última campaña
- Listado de expedientes detallado siguiendo el modelo que figura en el anexo III de la resolución de convocatoria.
- Certificación detallada del banco de haber abonado estos expedientes, incluyendo concepto del pago, fechas, beneficiarios y total abonado.
- Certificación del Secretario de la Sociedad en que se especifiquen las limitaciones impuestas respecto al cupo de jabalí, según modelo del anexo V de la resolución de convocatoria.
- Memoria explicativa de la actuación a realizar, con objetivos a conseguir, presupuesto y medios para su desarrollo
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado de Asturias
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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