AUTO0277T02 - Selección de centros educativos para su incorporación a la Red de centros de prácticas del Máster Universitario en Formación del Profesorado de ESO, Bachillerato y FP impartido por la Universidad de Oviedo y la UNED y del COFPYD
Solicitar la incorporación o la baja en la Red de centros de prácticas del alumnado del Máster Universitario en Formación del Profesorado de ESO, Bachillerato y F.P. (Máster de Secundaria) de la Universidad de Oviedo y la UNED, y para las prácticas del alumnado de los estudios conducentes a la obtención del Certificado Oficial en Formación Pedagógica y Didáctica en Formación Profesional y Deportiva (COFPYD) por la UNED.
Institutos de Enseñanza Secundaria, Centros Integrados de Formación Profesional, Equipos de Orientación Educativa, dependientes de la Consejería de Educación que cumplan los siguientes requisitos:
Requisitos generales:
1.- No estar ya integrados en dicha red por haber sido seleccionados en convocatorias anteriores.
2.- Contar en el centro, al menos, con un profesor o una profesora, con docencia directa en el aula de la especialidad solicitada, y al menos tres años de experiencia docente, que manifieste expresamente su compromiso para ejercer la tutoría del Practicum. No podrán ejercer como tutores en prácticas las personas que se encuentren en condición de funcionariado en prácticas a lo largo del curso en el que se van a desarrollar las prácticas.
3.- Incorporar en la Programación General Anual del centro la participación del mismo en el desarrollo de las actividades de tutoría del alumnado en prácticas, autorizando expresamente su presencia y participación en las actividades del mismo y asumiendo, por parte del equipo directivo, la responsabilidad de supervisión de su desarrollo y de interlocución con la Universidad, así como del cumplimiento de los compromisos adquiridos por el centro al participar en esta convocatoria.
Requisitos específicos para centros de prácticas del Máster de Secundaria:
1.- Los Institutos de Enseñanza Secundaria deberán cumplir el requisito de impartir la totalidad de los cursos que comprende la Educación Secundaria Obligatoria.
2.- Para el desarrollo del Practicum de la especialidad de Formación y Orientación Laboral, los Centros Integrados de Formación Profesional, deben disponer, al menos, de un profesor o una profesora de dicha especialidad.
3.- Para el desarrollo del Practicum de la especialidad de Orientación Educativa, los Equipos de Orientación Educativa deben contar, al menos, con un profesor o una profesora de dicha especialidad.
4.- Para el desarrollo del Practicum de las especialidades de Inglés, Francés e Italiano, las Escuelas Oficiales de Idiomas deben disponer, al menos, de un profesor o una profesora de dicha especialidad.
5.- Los Centros de Educación de Personas Adultas, podrán acoger alumnado en prácticas, siempre que dispongan de profesorado de las especialidades que se ofrecen por parte de la Universidad, en la etapa de Secundaria. En el caso de la especialidad de Orientación educativa, el centro deberá contar con un orientador o con una orientadora que esté ejerciendo su especialidad en el centro.
Requisitos específicos para centros de prácticas de los estudios conducentes a la obtención del Certificado Oficial en Formación Pedagógica y Didáctica en Formación Profesional y Deportiva (COFPYD):
- Los Institutos de Enseñanza Secundaria y los Centros Integrados de Formación Profesional deberán impartir las familias profesionales requeridas en tales estudios y contar, al menos, con un profesor o una profesora de dicha especialidad.
Desde: 04/10/2024 00:00
Hasta: 17/10/2024 23:59
- 10 días hábiles después de su publicación en BOPA (3 de octubre del 2024)
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Dirección General Inclusión Educativa y Ordenación.
- La lista provisional de los centros de prácticas seleccionados se hará pública en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación y en el portal educativo: www.educastur.es
- Los centros podrán presentar alegaciones contra esta lista provisional en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su publicación.
- La lista definitiva de los centros de prácticas seleccionados se hará pública en los mismos lugares indicados en el apartado 1 de la presente base.
Potestativo de reposición
- Resolución de 19 de noviembre de 2014, de la Consejería de Presidencia, por la que se ordena la publicación del Convenio de Colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, y la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el desarrollo de actuaciones. BOPA 4 de diciembre de 2014
- Resolución de 1 de febrero de 2021, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se ordena la publicación del Convenio de Colaboración entre la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Educación y la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad y la Universidad de Oviedo para la realización de actividades educativas. BOPA 23 de febrero de 2021
- Resolución del 26 de septiembre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la convocatoria para la actualización de la red de centros de prácticas del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional impartido por la Universidad de Oviedo y por la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el Centro Asociado de Asturias y del Certificado Oficial en Formación Profesional y Deportiva impartido por este último, para el curso 2024-2025. BOPA 3 de octubre de 2024.
FUNCIONES DE LA TUTORÍA Y DE LA COORDINACIÓN DEL PRÁCTICUM EN CADA CENTRO
1.- Con carácter general, cada profesor o profesora tutelará un máximo de dos alumnos o alumnas en prácticas.
2.- El profesorado que ejerza la tutoría del alumnado tendrán las siguientes funciones:
- Acoger al alumnado en prácticas en los periodos que se establezcan a lo largo del curso escolar y organizar las actividades que se desarrollarán durante su estancia en el centro.
- Posibilitar la iniciación en la práctica docente del alumnado en prácticas.
- Asesorar al alumnado en prácticas en cuestiones didácticas y de orientación educativa.
- Facilitar que el alumnado en prácticas se integre plenamente en la vida del centro para adquirir un conocimiento directo y práctico de su organización y funcionamiento en todos los ámbitos.
- Facilitar al alumnado en prácticas el conocimiento de los documentos en los que se plasma la organización y el funcionamiento del centro, el proyecto educativo, las concreciones curriculares correspondientes, el plan de orientación educativa y profesional, así como los correspondientes a otros proyectos, programas o actividades en las que el centro participe y puedan tener interés para su formación.
- Emitir un informe de valoración acerca de las actividades desarrolladas por el alumnado en prácticas conforme al modelo que les facilitará la Universidad en la que se encuentre matriculado el alumno o alumna en prácticas y en el que se incluirá la referencia a las horas dedicadas por cada alumno a cada una de las actividades previstas en el cronograma del Prácticum.
3.- La coordinación del Practicum en el centro será desarrollada por uno de los profesores o las profesoras que ejerzan la tutoría del alumnado del Máster de Secundaria o del COFPYD o por una persona integrante del equipo directivo del centro. La coordinación del Practicum en el centro tendrá las siguientes funciones:
- Diseñar de forma coordinada con el equipo que tutorice las prácticas, una sesión de acogida del alumnado en prácticas, para que el alumno conozca el centro en todas sus facetas y se sienta parte de él.
- Coordinar las actuaciones de tutoría del Practicum con las del equipo directivo, tutoría, departamento de orientación, departamento de actividades complementarias y extraescolares, etc. a fin de propiciar que el alumnado en prácticas tenga, durante su estancia en el centro, una experiencia directa y completa de los diversos ámbitos de la vida escolar y de las distintas dimensiones de la profesión docente.
- Coordinar la elaboración del cronograma de actividades que desarrollará el alumnado en el centro y garantizar que todo el alumnado del Máster o del COFPYD, lo recibe a su llegada al centro.
- Supervisar el desarrollo de las actividades del Practicum orientando al alumnado sobre ellas y velando por su correcto desarrollo a lo largo de su estancia en el centro.
- Coordinar las actuaciones del Practicum en el centro con la Consejería de Educación y con los responsables del Máster de Secundaria en la Universidad de Oviedo y la UNED y del COFPYD en la UNED.
- Informar de los proyectos en los que está trabajando el centro y hacer partícipe de los mismos al alumnado de prácticas, siempre que sea posible.
SERVICIOS RELACIONADOS
- Solicitud de alta en modelo normalizado
- Solicitud de baja en modelo normalizado
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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