AUTO0264T01 - Admisión de alumnado en ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional en régimen presencial, semipresencial y virtual.
Solicitar la admisión en centros docentes no universitarios, públicos y privados concertados, del Principado de Asturias, para cursar ciclos formativos de grado medio y de grado superior en régimen presencial, semipresencial y virtual.
Las personas que en el momento de presentar la solicitud acrediten estar en posesión de alguno de los siguientes requisitos de acceso:
- Estar en posesión del título de graduado o graduada en Educación Secundaria Obligatoria, de un título declarado equivalente a efectos académicos o de un nivel académico superior.
- Estar en posesión de alguna de las titulaciones previstas para el acceso a los ciclos formativos de grado superior.
- Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
- Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- Estar en posesión de un título profesional básico.
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria.
- Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar.
- Estar en posesión del título de Técnico.
- Estar en posesión del título de Bachiller superior.
- Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
- Haber superado el tercer curso del plan de 1963 de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos o el segundo de comunes experimental.
- Acreditar tener un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de los dos primeros cursos de Bachillerato Unificado y Polivalente.
- Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
Desde: 24/06/2024 00:00
Hasta: 16/07/2024 23:59
Modalidad presencial:
- Desde: 24/06/2024 00:00 Hasta: 05/07/2024 23:59
En los casos en que existan vacantes, se abrirá un plazo extraordinario de admisión del 06 al 11 de septiembre del 2024.
Modalidad semipresencial y virtual:
- Desde: 09/07/2024 00:00 Hasta: 16/07/2024 23:59
Presentación presencial
- Centros educativos
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Centros y Enseñanzas Profesionales,
Alzada
- Resolución de 5 de junio de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado, en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias, para cursar Grados D y E, ciclos formativos de formación profesional de grado básico, de grado medio, de grado superior y cursos de especialización, en modalidad presencial, semipresencial, virtual y modular.
- Resolución de 12 de junio de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba el calendario de actuaciones y se concretan otros aspectos del procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias para cursar ciclos formativos de grado básico, de grado medio y de grado superior en modalidad presencial, semipresencial y virtual en el año académico
2024-2025.
1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Cada solicitante presentará una única instancia en el centro de su primera opción, en la que podrá relacionar hasta 4 opciones por orden de preferencia.
En caso de presentar instancia en más de un centro educativo, solo se tendrá en cuenta la primera registrada en la aplicación informática.
2. VIAS DE ACCESO Y RESERVAS DE PLAZA
Cuando no existan plazas suficientes en el ciclo solicitado se establecerán las siguientes reservas y vías de acceso:
-
- Reserva 1. Discapacidad: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se incluirán en esta reserva aquellas personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
- Porcentaje asignado: 5 %. Debiendo ser al menos 1 plaza.
- Reserva 2. Deportistas de alto nivel y alto rendimiento: de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.3 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
- Porcentaje asignado: 5 %. Debiendo ser al menos 1 plaza.
- Reserva 1. Discapacidad: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se incluirán en esta reserva aquellas personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
-
- Vía 1: Se incluirá en esta vía las personas que tengan el título de graduado en ESO, Técnico Básico en Formación Profesional o titulación equivalente.
- Porcentaje asignado: 75 %
- Vía 2: se incluirán en esta vía las personas que hayan superado un curso de formación específico o una prueba de acceso.
- Porcentaje asignado: 10 %
- Vía 3: se incluirán en esta vía las personas que tengan un título de Técnico, Técnico Superior, titulaciones equivalentes o superiores.
- Porcentaje asignado: 5 %, debiendo de ser al menos 1 plaza.
- Vía 1: Se incluirá en esta vía las personas que tengan el título de graduado en ESO, Técnico Básico en Formación Profesional o titulación equivalente.
En el caso de aplicarse lo establecido en el punto 3 del artículo 13, de la Resolución de 5 de junio de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado, en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias, para cursar Grados D y E, ciclos formativos de formación profesional de grado básico, de grado medio, de grado superior y cursos de especialización, en modalidad presencial, semipresencial, virtual y modular, el porcentaje asignado será entre el 5% y el 10%, aplicado únicamente a efectos de desdoble de los módulos profesionales objeto de matriculación, pero no del cómputo total de las plazas ofertadas.
En el caso de no cubrirse la reserva en alguna de las opciones, las vacantes se adjudicarán de forma proporcional al resto de reservas y vías de acceso.
3. PRESENTACIÓN DE DOBLE SOLICITUD
Los solicitantes con discapacidad o deportistas podrán presentar en la misma instancia doble solicitud (reserva y vía de acceso que le corresponda).
- Solicitud en modelo normalizado
- Documentación que acredite los requisitos de acceso
- Resolución del Ministerio competente en materia de educación declarando la homologación (en su caso)
- Volante justificativo de haber solicitado la homologación (en su caso)
- Tarjeta acreditativa de la discapacidad, para participar por la reserva de discapacidad (en su caso)
- Certificado de discapacidad, para participar por la reserva de discapacidad (en su caso)
- Copia de la resolución que reconozca su condición expedida por el órgano competente, para solicitar por la reserva para deportistas de alto nivel y alto rendimiento
- Otros documentos que el solicitante desee aportar a los efectos de aplicación de los criterios de prelación
-
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