AYUD0070T02 - Subvención a asociaciones de mujeres para el apoyo al movimiento asociativo
Obtener ayudas económicas de apoyo al movimiento asociativo de mujeres en el desarrollo de programas y actividades dirigidas a potenciar su participación social encaminadas a la eliminación de la desigualdad entre mujeres y hombres y de programas y actividades que sirvan para generar redes de mujeres que trabajen en el desarrollo del principio de igualdad.
Asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro y federaciones de asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro, que tengan por objeto la defensa de los derechos de las mujeres y de la igualdad, que realicen sus actuaciones en la Comunidad Autónoma y que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar formada exclusivamente por mujeres y cuyo objetivo principal sea la lucha por la igualdad entre mujeres y hombres, estando dirigidas sus actividades a dicho fin.
- Las asociaciones estarán inscritas en el correspondiente registro del Principado de Asturias al menos con un año de antigüedad.
- Haber justificado las ayudas recibidas anteriormente.
- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Desde: 14/06/2022 00:00
Hasta: 05/07/2022 23:59
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Instituto Asturiano de la Mujer
3 meses
Potestativo de reposición
Exclusiones
Si una federación de asociaciones solicita esta ayuda, no podrán optar también a dicha ayuda las asociaciones que formen parte de la federación solicitante.
Actividades subvencionables
- Programas y actividades dirigidas a potenciar la participación social de las mujeres, encaminadas a eliminar la desigualdad entre mujeres y hombres.
- Programas y actividades que sirvan para generar redes de mujeres que trabajen en el desarrollo del principio de igualdad.
- Se subvencionarán actividades de formación para el acceso a la web 2.0 de las organizaciones de mujeres, talleres para la elaboración y uso de blogs, actividades de formación para la utilización de las redes sociales, y en general, iniciativas que sirvan para acercar el uso de la web 2.0 al movimiento organizado de mujeres.
Actividades excluidas
- Talleres o cursos aislados sin formar parte de una estrategia dirigida a la igualdad de oportunidades.
- Excursiones, viajes culturales y cursos de idiomas.
- Adquisición de equipamiento de cualquier tipo con cargo a esta subvención.
Cuantía
La subvención no podrá superar en ningún proyecto los siguientes porcentajes:
- Para proyectos cuyo presupuesto máximo (individual o coorganizado) sea igual o inferior a 1.500 €: 100%
- Para proyectos cuyo presupuesto máximo (individual o coorganizado) esté comprendido entre 1.501 € y 6.000 €: 90%
Ficha de acreedores
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
- Solicitud en modelo normalizado
- Anexo para actividades o programas organizados conjuntamente por varias asociaciones o federaciones
- Proyecto de actividades
- Ficha de acreedores
- Documento acreditativo de la representante legal de la entidad para actuar en nombre y representación de la misma.
- Copia de los estatutos o escritura fundacional, en caso de no haberse remitido anteriormente o de que hayan sido modificados
- Memoria justificativa
- Relación clasificada de gastos del proyecto
- Documento nacional de identidad de la representante legal de la asociación
- Tarjeta de identificación fiscal
- En caso de representación por poder notarial: copia simple de poder notarial.
- Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa del cumplimiento de obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Certificación justificativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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