AYUD0203T01 - Subvención para proyectos de empoderamiento y promoción y defensa de los derechos de las mujeres
Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas para realizar proyectos de empoderamiento político y social de las mujeres y proyectos de defensa de los derechos de las mujeres ante situaciones de especial vulnerabilidad y que contribuyan a la erradicación de la violencia contra las mujeres
Podrán ser entidades beneficiarias las Organizaciones no Gubernamentales y asociaciones que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituida como tal a la fecha de presentación de la solicitud, tener sede social en el Principado de Asturias y tener como uno de sus objetivos, recogido en sus estatutos, la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y/o la defensa y promoción de los derechos de las mujeres.
- Experiencia previa en la ejecución de proyectos de alguno de los ejes incluidos con dos años de antelación a la convocatoria de la subvención y un mínimo de cuatro proyectos ejecutados.
- Haber justificado debidamente los gastos correspondientes a las subvenciones, exigibles y vencidas, concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma.
- Tener como contraparte o socia local (Organización local de países del Sur con la que colaboran las organizaciones con sede social en Asturias; entidades que ejecutan el proyecto en terreno) a una organización que cumpla los siguientes requisitos:
- Que sea una organización de mujeres que contemple como misión principal de la entidad la promoción de los derechos de las mujeres y/o las niñas, que trabajen desde una perspectiva feminista y/o de los derechos de las mujeres.
- Que se haya constituido legalmente dos años antes de la presentación de la solicitud y cuente con experiencia en la ejecución, como mínimo, de cuatro proyectos en alguna de las líneas previstas en la base anterior.
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, tanto en la fase de instrucción como en la de pago.
Desde: 04/03/2025 00:00
Hasta: 24/03/2025 23:59
15 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA 03/03/2025)
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Agencia Asturiana de Cooperación al Desarrollo.
6 meses
Potestativo de reposición.
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- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Resolución de 20 de noviembre de 2017 de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones con destino a la ejecución de proyectos de empoderamiento y promoción y defensa de los derechos de las mujeres. BOPA 7 de diciembre de 2017
- Resolución de 29 de junio de 2020, de la Consejería de Presidencia, de primera modificación de la Resolución de 20 de noviembre de 2017, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones con destino a la ejecución de proyectos de empoderamiento y promoción y defensa de los derechos de las mujeres. BOPA 6 de julio de 2020
- Extracto de la Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución de proyectos de empoderamiento y promoción y defensa de los derechos de las mujeres. BOPA 3 de marzo de 2025
- El importe global máximo de las subvenciones será de 700.000 €.
- LÍNEA 1: Proyectos de empoderamiento político y social de las mujeres: 350.000 €.
- LÍNEA 2: Proyectos de defensa de los derechos de las mujeres ante situaciones de especial vulnerabilidad y que contribuyan a la erradicación de la violencia contra las mujeres: 350.000 €.
- Cada entidad solo podrá solicitar un único proyecto, habiendo de consignar en la solicitud la Línea a la que se opta.
- El importe de la subvención, que no podrá ser superior a 100.000 €, tanto para los proyectos de la Línea 1 como para los de la Línea 2; en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el noventa por ciento (90%) del coste del proyecto.
- Los costes indirectos imputables a la subvención se podrán establecer en un tanto alzado que no supere el ocho por ciento (8%) de la cuantía total subvencionada para proyectos ambas Líneas.
- La ejecución presupuestaria no podrá observar desviaciones entre partidas superiores al 20% y en relación al presupuesto aprobado.
FICHA DE ACREEDORES
- La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
SERVICIOS RELACIONADOS
- Solicitud en modelo normalizado
- Documento acreditativo de la personalidad de la persona representante y de la representación que ostenta
- Fichero de acreedores debidamente cumplimentado
- Estatutos de la entidad solicitante
- Estatutos de la contraparte local
- Certificación, expedida por la persona titular de la Secretaría de la entidad solicitante, con el visto bueno de la persona que ejerza la Presidencia o el miembro del órgano de representación con capacidad para representar, relativa al acuerdo de presentación de solicitudes adoptado por el órgano competente de la entidad
- Certificación expedida por la persona titular de la Secretaría de la entidad solicitante, con el visto bueno de la persona que ejerza la Presidencia o el miembro del órgano de representación con capacidad para representar, relativo a la composición de la Junta Directiva
- Memoria del proyecto para el cual se solicita subvención
- Acreditación de la experiencia en la ejecución de proyectos de género, a través de certificación expedida por la persona titular de la Secretaría de la entidad en la que conste la relación detallada de los mismos
- Certificación de la entidad, firmada por el secretario/a, con el visto bueno de la presidencia, en la que conste el número de socios y socias, así como la memoria económica del ejercicio anterior a la correspondiente convocatoria
- Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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