AYUD0110T01 - Subvención nominativa para programas de apoyo a personas emigrantes y emigrantes retornadas

Finalidad:

Obtener ayudas económicas, previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, para financiar proyectos en materia de atención a personas emigrantes o emigrantes retornadas de origen asturiano

Quien lo puede presentar:

Entidades sin ánimo de lucro cuya subvención nominativa se encuentre aprobada en la Ley de Presupuestos  Generales anual del Principado de Asturias

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Órgano gestor:

Servicio de Emigración

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:

Potestativo de reposición

Información adicional:
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Tarjeta de identificación fiscal de la entidad
  • Copia del documento de identidad del representante legal
  • Copia del poder de representación del representante legal
  • Copia de los estatutos de la entidad
  • Ficha de acreedores
  • Certificado de hallarse al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Certificado de hallarse al corriente con el Ente Público de Servicios Tributarios
  • Certificado de hallarse al corriente con la Seguridad Social
  • Memoria justificativa de actuación
  • Memoria de justificación económica
  • Justificantes acreditativos de gastos y pagos
  • Declaración de otras ayudas o ingresos para la misma finalidad
  • Medidas de difusión de la financiación
En el caso de entidades ubicadas en la Unión Europea que no puedan presentar ficha de acreedor según modelo normalizado firmado y sellado por la entidad bancaria:
  • Documento firmado y sellado por su entidad bancaria que incluya todos los datos recogidos en la ficha de acreedor
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Área Personal

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Registrarme

Contacta