AYUD0007T22 - Ayudas en el marco de la PAC para espacios agrícolas de la Red Natura 2000
Obtener ayudas económicas, destinadas a explotaciones agrarias en las zonas Natura-2000, para compensar los costes adicionales y las pérdidas de ingresos que supone el mantenimiento de la producción agraria en dichas zonas como consecuencia de las restricciones definidas en los correspondientes instrumentos de gestión integrada.
Titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la comunidad autónoma del Principado de Asturias o, que dispongan de la mayor parte de la superficie en su territorio o, en caso de no disponer de superficie agraria, que dispongan del mayor número de animales en esta comunidad autónoma, y que cumplan los siguientes requisitos:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarías y frente a la Seguridad Social.
- Comprometerse a mantener una actividad agraria sostenible y a cumplir las normas de condicionalidad.
- Ser agricultor activo, acreditar actividad agraria y comprometerse a llevar a cabo esta actividad agraria en las zonas designadas.
- La superficie agrícola con derecho a indemnización de la explotación deberá ser, al menos, de 2 hectáreas.
Desde: 25/04/2024 00:00
Hasta: 31/05/2024 23:59
No obstante, se admitirán solicitudes de ayuda hasta el 15 de junio, en cuyo caso y a excepción de los casos de fuerza mayor y otras excepciones, los importes se reducirán un 1% por cada día hábil que sobrepase la fecha fin de presentación. El plazo de modificación de solicitudes se establece hasta el 15 de junio.
La solicitud única se presentará por medios electrónicos, excepto en casos excepcionales que podrá establecer la autoridad competente cuando el beneficiario sea una persona física y no tenga acceso y disponibilidad de medios electrónicos.
Dicha presentación por medios electrónicos se realizará mediante la aplicación web SGA (https://sga.asturias.es/) habilitada al efecto en esta misma página a través del enlace "Tramitación Telemática", bien con certificado digital o a través de las entidades habilitadas, utilizando la clave personal que se facilita en las oficinas comarcales de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.
En el resto de los casos, se podrá realizar la tramitación en papel en la Oficina Comarcal correspondiente al domicilio del interesado, o mediante cualquiera de los sistemas de presentación previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos se dispondrá de un modelo estandarizado en la Sede Electrónica de la Administración del Gobierno del Principado de Asturias.
Servicio de Modernización Agroganadera
Hasta el 30 de junio del año siguiente de presentación de la solicitud.
Potestativo de reposición.
CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN
- El importe base por hectárea indemnizable será de 25 €
- Atendiendo al aprovechamiento agrario de la superficie, esta se ponderará empleando los siguientes coeficientes de cultivo equivalente:
TIPO | UNIDAD DE CULTIVO EQUIVALENTE (UCE) |
Pastos permanentes | 1,0 |
Pastos temporales (2-6 meses) | 0,5 |
- en el ANEXO IX de la Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se regulan estas ayudas, se recogen las zonas designadas Natura 2000 con instrumento de gestión.
- La ayuda se concederá en régimen de concurrencia competitiva. En caso de que el importe solicitado supere la cuantía especificada en la convocatoria, los pagos se realizarán por orden decreciente de mayor porcentaje de superficie ubicada en Red Natura-2000 respecto a la superficie total de la explotación hasta agotar el crédito disponible.
SUPERFICIE AGRÍCOLA
- Se entenderá como tal la suma de superficie agraria correspondiente a los recintos declarados con usos SIGPAC PS, PA o PR que se ubiquen en las zonas con derecho a esta indemnización y sobre las que el solicitante se comprometa a mantener la actividad durante el año de solicitud.
- En el cómputo total de la superficie declarada en cada recinto a efectos de estas ayudas se admitirá la ocupada por las sebes (lindes de vegetación o mixtas), siempre y cuando estas no superen de media los 3 metros de anchura.
- La superficie mínima por solicitud deberá ser al menos de dos (2) hectáreas.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.
- Solicitud única en modelo normalizado
- Ficha de acreedores, en caso de nueva solicitud o cambio de cuenta
- Estatutos
- Escritura pública en el que se justifiquen los socios que componen la sociedad, así como su participación a fecha de solicitud. (Estos documentos se tendrán que presentar por cada uno de los socios)
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación Registro ElectrónicoTramitación telemática
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