AYUD0007T09 - Ayudas en el marco de la PAC para explotaciones que se dedican a la cría de animales de razas autóctonas puras en peligro de extinción

Finalidad:

Obtener ayudas destinadas a las explotaciones de cria de animales de raza Asturiana de Montaña, Poni Asturcón, Oveja Xalda, Cabra Bermeya, Gochu Asturcelta y Pita Pinta. 

Quien lo puede presentar:

Titulares de explotaciones que se dedican a la cría de animales de razas autóctonas puras en peligro de extinción y que cumplan los siguientes requisitos:

1. Compromisos generales de las medidas de desarrollo rural:

  • Ser titular de explotación agraria registrada en el Principado de Asturias.
  • Comprometerse a mantener una actividad agraria sostenible y a cumplir los requisitos de condicionalidad durante la vigencia de la solicitud de participación.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarías y frente a la Seguridad Social.

2. Compromisos específicos de esta ayuda:

  • Contribuir al mantenimiento, incremento y mejora del censo de las razas objetivo reproduciendo los animales en sus explotaciones.
  • Mantener actualizadas las inscripciones de los animales en el libro oficial de registro genealógico y cumplimentar los documentos de control que exija cada entidad.
  • Tener a los animales identificados y registrados conforme a las disposiciones vigentes en materia de identificación y registro de animales.
  • Participar, en su caso, en un programa de conservación genética, con la obligación de aportar información para el seguimiento de la raza, así como para la elaboración de valoraciones.
  • Para que los animales sean pagables se exigen nacimientos/ anotaciones de nuevos animales según las condiciones establecidas para cada una de las razas.

3. La solicitud mínima admisible será de 3 UGM excepto para la pita pinta para la que no se establece mínimo de animales.

4. Estos compromisos deberán cumplirse durante el periodo de vigencia establecido desde la primera solicitud que recibe pago.

5. En aplicación de lo dispuesto en el punto 7 del artículo 70 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, en el caso de que se modifiquen las normas obligatorias, requisitos u obligaciones aplicables, respecto a las cuales los compromisos agroambientales y climáticos o para la producción ecológica son más estrictos, se realizarán las correspondientes adaptaciones. En caso de que tal adaptación no sea aceptada por el beneficiario, el compromiso se dará por finalizado, sin que se exija reembolso alguno por el periodo durante el cual el compromiso fuera efectivo.

Plazos de presentación:

Desde: 25/04/2024 00:00

Hasta: 31/05/2024 23:59

No obstante, se admitirán solicitudes de ayuda hasta el 15 de junio, en cuyo caso y a excepción de los casos de fuerza mayor y otras excepciones, los importes se reducirán un 1% por cada día hábil que sobrepase la fecha fin de presentación. El plazo de modificación de solicitudes se establece hasta el 15 de junio.

Presentación:

La solicitud única se presentará por medios electrónicos, excepto en casos excepcionales que podrá establecer la autoridad competente cuando el beneficiario sea una persona física y no tenga acceso y disponibilidad de medios electrónicos.

Dicha presentación por medios electrónicos se realizará mediante la aplicación web SGA (https://sga.asturias.es/) habilitada al efecto en esta misma página a través del enlace "Tramitación Telemática", bien con certificado digital o a través de las entidades habilitadas, utilizando la clave personal que se facilita en las oficinas comarcales de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.

En el resto de los casos, se podrá realizar la tramitación en papel en la Oficina Comarcal correspondiente al domicilio del interesado, o mediante cualquiera de los sistemas de presentación previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos se dispondrá de un modelo estandarizado en la Sede Electrónica de la Administración del Gobierno del Principado de Asturias.

Órgano gestor:

Servicio de Modernización Agroganadera.

Plazo de resolución:

Hasta el 30 de junio del año siguiente de presentación de la solicitud.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición.

Normativa básica:

Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader.

Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común.

Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).

Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.

Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.

Real Decreto 408/2024, de 23 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria.

Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por que se aprueba las bases reguladoras del procedimiento de concesión de las subvenciones intervenciones en forma de pagos directos a la agricultura y a la ganadería de los pagos al desarrollo rural sujetas al Sistema Integrado de Gestión y Control.

Extracto de la Resolución de 18 de abril de 2023, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y a los pagos al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control, para la Campaña 2023. Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.

Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas.

Extracto de la Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que amplía el plazo de presentación de la solicitud única para el año 2023, establecido en la Resolución de 18 de abril de 2023, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción PAC 2023.

Extracto de la Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y a los pagos al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control, para la campaña 2024. Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.

Información adicional:

La cuantía para cada raza será la siguiente:

Raza: Importe por UGM €

  • Asturcón: 200
  • Asturiana de montaña: 200
  • Bermeya: 200
  • Gochu asturcelta: 200
  • Pita Pinta: 200
  • Xalda: 200

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva. En caso de que con las solicitudes presentadas se supere el crédito disponible se procederá a una selección de beneficiarios según los siguientes criterios de prelación: 

  • Explotaciones con compromiso por el 100% de alguna de las razas siguientes: Pita pinta, Gochu asturcelta, Xalda, Bermeya y Asturcón: 100 puntos.
  • Explotaciones con compromiso por más del 50% de UGM de alguna de las razas siguientes: Pita pinta, Gochu asturcelta, Xalda, Bermeya y Asturcón: 70 puntos.
  • Explotaciones con compromiso por más del 25% de UGM de alguna de las razas siguientes: Pita pinta, Gochu asturcelta, Xalda, Bermeya y Asturcón: 50 puntos.
  • Explotaciones con compromiso por más del 10% de UGM de alguna de las razas siguientes: Pita pinta, Gochu asturcelta, Xalda, Bermeya y Asturcón: 30 puntos.
  • Por cada UGM o fracción comprometida de cualquiera de las razas: 1 punto.

Se establece un mínimo de 3 puntos para poder tener acceso a la ayuda.

En el caso de personas físicas y en la titularidad de las personas jurídicas, en caso de empate entre las solicitudes, se priorizan las explotaciones con más de una especie, por el orden siguien­te: solicitudes con el mayor número de UGM (incluido en el computo la asturiana de montaña) en alguna de las razas o combinación de estas y por el orden siguiente: Pita pinta, Gochu asturcelta, Xalda, Bermeya y Asturcón.

FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.

Documentos a presentar:
Documentación requerida
  • Solicitud única en modelo normalizado
  • Certificación de inscripción del ganado en el Libro Oficial de Registro Genealógico de la Raza, expedida por la asociación responsable de llevarlos. En ella deberá figurar el número de UGM (unidades de ganado mayor) correspondiente, así como el número de la marca auricular de identificación de cada uno de los animales
  • Ficha de acreedores, en caso de nueva solicitud o cambio de cuenta
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Área Personal

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Registrarme

Contacta