AYUD0155T01 - Solicitud de ayudas para el fomento de razas autóctonas españolas
Finalidad:
Obtener ayudas económicas destinadas a las asociaciones de criadores de ganado reconocidas por la autoridad competente de la comunidad autónoma, para la conservación y mejora de las razas autóctonas del Principado de Asturias
Quien lo puede presentar:
Asociaciones de criadores de ganado reconocidas oficialmente para la llevanza de libros genealógicos
Plazos de presentación:
Desde: 11/01/2023 00:00
Hasta: 07/02/2023 23:59
Presentación:
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
.
Órgano gestor:
Servicio de Sanidad y Prodcucción Animal
Plazo de resolución:
6 meses
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:
Potestativo de reposición
Normativa básica:
- Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.
- Reglamento (UE) 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
- Resolución de 27 de abril de 2018, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de las razas autóctonas españolas.
- Decreto 71/1992, DE 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario.
- Extracto de la Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se convocan subvenciones para el fomento de razas autóctonas.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
- Solicitud en modelo normalizado
- Acreditación del poder de representación de la persona que firma la solicitud, salvo que se indique en la solicitud el código seguro de verificación de un poder notarial
- Memoria inicial con las actuaciones para las que se solicita subvención
- Relación de animales activos inscritos en los distintos registros del libro genealógico a fecha de presentación de solicitud, en soporte informático (fichero Excel o similar)
- Desglose del presupuesto de gastos
Si no se han presentado con anterioridad o han sido modificados (artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública) , además:
- Acta fundacional
- Estatutos de la asociación
- Ficha de acreedores
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:
-
Tramitación Registro ElectrónicoSeleccione como desea identificarse:
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.
Área Personal
Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.
Contacta
-
(985.279.100 dende fuera d’Asturies. Puedes consultar el costu de la llamada calcando enriba del enllaz). - Conversa @012Asturias