AUTO0245T02 - Autorización administrativa de construcción de instalaciones de energía eléctrica de alta tensión

Finalidad:

Obtener la autorización administrativa de construcción de:

  • Instalaciones eléctricas de producción con una potencia  inferior o igual a 50 megavatios eléctricos.
  • Instalaciones eléctricas de transporte, distribución o líneas directas cuya tensión nominal eficaz sea superior a 1 KV e inferior a 380 kV, cuando se encuentren ubicadas íntegramente en el Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar:

Ser titular de la instalación eléctrica de alta tensión, cuyo aprovechamiento, transporte o distribución se pretenda realizar en el Principado de Asturias.

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Autorizaciones Energéticas

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Recurso potestativo de reposición

Normativa básica:

Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Corrección de errores: BOE 62 (13-3-2001) BOE 27 de diciembre de 2000

Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Corrección de errores BOE 174 (19-7-2008) corrección de errores BOE 120 (17-5-2008) BOE 19 de marzo de 2008

Real decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Corrección de errores BOE 149 (19-6-2010) BOE 22 de mayo de 2010

Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico. (JEFATURA DEL ESTADO) BOE 27 de diciembre de 2013

Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (ministerio de industria, energía y turismo) BOE 09 de junio de 2014

Información adicional:

EJECUCIÓN

La resolución del órgano competente establecerá el período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación. La solicitud de Autorización Administrativa de Construcción podrá efectuarse de forma simultánea con la de Autorización Administrativa Previa.

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud normalizada del procedimiento
  • Proyecto de ejecución firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que se justifique el cumplimiento de los Reglamentos Técnicos que le sean de aplicación
  • Separata de aquellas partes del proyecto que afecten a bienes, instalaciones, obras o servicios, centros o zonas dependientes de otras administraciones
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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