AYUD0046T01 - Subvención a las asociaciones y agrupaciones de comerciantes y mixtas de comercio y turismo para el desarrollo de planes estratégicos de comercio y de comercio y turismo
Obtener ayudas destinadas a las asociaciones y agrupaciones de comerciantes y mixtas de comercio y turismo para la dinamización y promoción comercial, el apoyo a la digitalización del pequeño comercio y el fomento del asociacionismo comercial en aquellos municipios que tengan implantado un programa de colaboración público-privado materializado mediante la firma de un Plan Estratégico de Comercio o un Plan Estratégico de Comercio y Turismo.
Podrán solicitar las ayudas las asociaciones de comerciantes, las asociaciones de comerciantes mixtas (comercio, turismo y servicios) y las agrupaciones o uniones de asociaciones de las mismas, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente con una antigüedad de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la convocatoria, y que cumplan los siguientes requisitos:
- Que desarrollen su actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y actúen en municipios donde estén implantados Planes Estratégicos de Comercio o de Comercio y Turismo.
- En el caso de fusión de dos o más asociaciones o agrupaciones de comerciantes el requisito de antigüedad deberá ser acreditado al menos por una de las fusionadas.
- Que se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social así como no ser deudores de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas, vencidas, liquidadas y exigibles, en los términos previstos en la legislación estatal y autonómica.
- Que reúnan los demás requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 4 del Decreto del Principado de Asturias 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones.
Desde: 06/03/2024 00:00
Hasta: 26/03/2024 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Las solicitudes y documentación adjunta deberán presentarse únicamente:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
Servicio de Gestión y Calidad Comercial.
El plazo máximo para resolver y notificar de seis meses computados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria.
Potestativo de reposición
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Resolución de 15 de junio de 2021 de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a asociaciones y agrupaciones de comerciantes y mixtas de comercio y turismo para el desarrollo de Planes Estratégicos de Comercio y de Comercio y Turismo. BOPA 21 de junio de 2021
- Extracto de la Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a las asociaciones y agrupaciones de comerciantes para planes estratégicos de comercio.
- Extracto de la Resolución de 24 de febrero de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a asociaciones y agrupaciones de comerciantes y mixtas de comercio y turismo para el desarrollo de planes estratégicos de comercio y turismo.
Plazo de actuación
La realización de las actuaciones objeto de subvención, así como la emisión de facturas y el abono de las mismas, deben estar comprendidos en el periodo que va desde el 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024, ambos incluidos.
Actuaciones subvencionables
- Serán actuaciones subvencionables:
- Dinamización comercial. Serán subvencionables los proyectos que tengan por finalidad conseguir la dinamización del comercio minorista de proximidad mediante campañas o actuaciones encaminadas a la promoción de las ventas y a la fidelización de clientes.
- Digitalización en el sector comercial.
- Prestación de servicios a los comercios asociados en materia de marketing digital y dinamización y gestión de los canales digitales (Community Management), orientadas a promocionar las ventas.
- Apoyo al tejido asociativo. Contratación de las gerencias dirigida a promover la cooperación entre los comercios y a gestionar sus intereses comunes, siempre y cuando la asociación desarrolle en su ámbito de actuación proyectos de dinamización comercial y de digitalización del sector comercial.
Los gastos subvencionables estarán sometidos a las consideraciones señaladas en los artículos 7,8, 9 y 10 de las bases reguladoras.
Cuantía
- La cuantía máxima de la subvención a percibir será el 90% del valor de los conceptos subvencionables.
- En el caso de la actuación Dinamización comercial esta cuantía máxima no podrá superar el límite máximo de 25.000 €.
Justificación:
El plazo para justificar los gastos y pagos realizados concluirá el 30 de septiembre de 2024. La justificación se realizará mediante la presentación de la correspondiente documentación a través de la ficha de información pública AYUD0046T02, disponible en la sede electrónica.
Ficha de acreedores
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.
SERVICIOS RELACIONADOS
- Formulario normalizado de solicitud según modelo disponible en el apartado "Documentación relacionada"
- Acta de Constitución de la asociación y del registro legal correspondiente
- Copia de los estatutos
- Documento que acredite el poder de representación del firmante de la solicitud
- Fichero de Acreedores debidamente cumplimentado y tramitado por la oficina bancaria, según formulario disponible en el apartado "Información adicional".
- Copia del documento en el que se materialice la colaboración entre el ayuntamiento y la asociación correspondiente para el desarrollo del plan anual de actuación del Plan Estratégico correspondiente.
- Certificado del secretario de la entidad solicitante en la que conste la identificación de los miembros de su órgano directivo, la fecha de su nombramiento y modo de elección, según formulario disponible en el apartado "Documentación relacionada"
- Presupuesto de ingresos y gastos del ejercicio corriente, según formulario disponible en el apartado "Documentación relacionada"
- En su caso, certificado emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que acredite la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Certificado del secretario de la entidad solicitante, con el Vº Bº del presidente, acerca del número total de socios, número de miembros comerciantes socios a fecha de presentación de la solicitud de subvención, y del número de comercios participantes en la actuación, según formulario disponible en el apartado "Documentación relacionada"
- Relación de comerciantes asociados de la entidad solicitante a fecha presentación de la solicitud de subvención, según formulario disponible en el apartado "Documentación relacionada"
- Mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público para el contrato menor.
- Memoria descriptiva de todas las actuaciones realizadas o previstas, según formulario disponible en el apartado "Documentación relacionada".
- Presupuesto detallado de la actuación prevista o realizada, que contendrá una descripción pormenorizada de los gastos y de los ingresos previstos, según formulario disponible en el apartado "Documentación relacionada"
- Relación de las asociaciones integrantes de las mismas, así como relación de los miembros comercios asociados de cada una de estas, a fecha de presentación de la solicitud de subvención, comprensiva de los datos reflejados en el apartado anterior, según formulario disponible en el apartado "Documentación relacionada"
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- En caso de representación por poder notarial, Copia simple de poderes notariales
- Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda del Principado de Asturias
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
02. Presupuesto de ingresos y gastos de actuación
03. Memoria de las actuaciones de promoción comercial a realizar
04. Memoria de las actuaciones de digitalización
05. Certificado de elección o modificación de los miembros del órgano de dirección
06. Certificado de miembros asociados
07. Certificado de comercios participantes
08. Asociaciones integrantes de federaciones de asociaciones de comerciantes
09. Relación de socios comerciantes_asociaciones de comerciantes y asociaciones mixtas
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