RECE0002T05 - Inscripción de la disolución en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias

Finalidad:

La inscripción de la disolución de una entidad asociativa (asociación, federación, confederación o unión de asociaciones) y su causa, así como la cancelación de los asientos registrales y el cierre definitivo de la hoja registral.

Quien lo puede presentar:
  • El representante de la entidad mediante solicitud en la que se incluya sus datos de identificación, los de la entidad asociativa a que se refiere y firma original.
  • Es requisito ser una entidad asociativa inscrita en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias.
  • En el apartado de Información adicional se aclaran cuestiones de interés para la tramitación de su solicitud; así mismo dispone de un documento de preguntas más frecuentes.
Plazos de presentación:

La solicitud de inscripción de disolución de asociación deberá presentarse en el plazo de un mes, el cual se contará desde la fecha de concurrencia de las causas previstas en los estatutos, de las causas establecidas en el artículo 39 del Código Civil o desde la fecha del acuerdo adoptado por los asociados en asamblea general convocada al efecto.

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Órgano gestor:

Servicio de Asesoramiento Jurídico Administrativo

  • Código identificativo DIR A03003888
Plazo de resolución:

El plazo de resolución de los procedimientos de inscripción será de 3 meses contado desde la fecha de entrada de la solicitud en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado resolución expresa, el interesado podrá entender estimada la solicitud.

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Recurso contencioso-administrativo, Recurso potestativo de reposición y Recurso extraordinario de revisión

Pago de tasas:

Esta inscripción no tiene establecida ninguna tasa.

Información adicional:

1.- SOLICITUD

  • Debe tenerse en cuenta que la persona que figure en el escrito de Solicitud como solicitante será a la que se dirijan las comunicaciones (en papel o electrónicas) del procedimiento, utilizando para ello los datos de identidad suministrados en la solicitud, que deben recogerse de forma legible y completa.
  • A la hora de cumplimentar la dirección a efectos de notificación debe tenerse en cuenta que las notificaciones administrativas en formato papel únicamente se entregan bajo firma del destinatario o persona autorizada y que no se entregarán si la dirección es incompleta, incorrecta o el destinatario indicado es desconocido en esa dirección.
  • Debe recogerse de forma legible el DNI/NIF de la persona (física o jurídica), pues si no se recoge en el sistema correctamente no podrá acceder a su buzón electrónico y no podrá recibir las comunicaciones que le dirija la Administración de forma telemática (obligatoria en el caso de personas jurídicas como obligados legales). Se recomienda indicar una dirección de correo electrónico para recibir el aviso de tener disponible una notificación electrónica.

2.- PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

  • En el documento de Preguntas más frecuentes (disponible en el apartado siguiente) se da información sobre los requisitos para la inscripción y se aclaran dudas que suelen plantearse.
  • También dispone en ese apartado de modelos orientativos de los documentos a presentar, que contienen los datos exigidos por la norma para la inscripción. Si aporta un documento elaborado por la propia Asociación, compruebe que contiene todos los datos que se incluyen en el modelo del Registro de Asociaciones, sin perjuicio de cualquier otra información que por la Asociación se estime conveniente incluir.
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud de inscripción de la disolución y de la cancelación de los asientos registrales.
  • Certificado del acuerdo de disolución y su causa o el original del acta de la Asamblea General acordando la disolución
En caso de existir patrimonio remanente
  • Certificado de las actuaciones de liquidación
  • Escrito original de la entidad destinataria del patrimonio de su efectiva recepción (en su caso)
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español de los firmantes, o pasaporte en vigor.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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