Solicitar el arbitraje de consumo para la resolución de conflictos entre un consumidor o usuario y un empresario o profesional
Quien lo puede presentar:
Consumidores o usuarios conforme a legislación en materia de consumo.
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Autorización escrita, en caso de que quien presente la reclamación lo haga en nombre y representación del titular del bien o servicio que genera la reclamación.
Apoderamiento, en caso de que quien presente la reclamación lo haga en nombre y representación del titular del bien o servicio que genera la reclamación.
Documentación suficiente que permita determinar la existencia de relación de consumo entre reclamante y reclamado y la que permita conocer suficientemente la reclamación a efecto de valorar su admisibilidad.
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 32e) del Real Decreto 713/2024, de 23 de julio,: "Se aportará, asimismo, cuanta documentación o pruebas sean necesarias para el conocimiento y solución del litigio"