AUTO0029T01 - Autorización del uso de la marca "Mesas de Asturias, Excelencia Gastronómica"
Autorizar el uso de la marca de garantía "Mesas de Asturias, Excelencia Gastronómica" para restaurantes del Principado de Asturias.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Estar inscrito como establecimiento de restauración en el registro de empresas y actividades turísticas del Principado de Asturias.
- En el caso de sidrerías:
- estar clasificadas en el grupo A (restaurantes).
- En el caso de los solicitantes:
- contar con una antigüedad mínima de 4 años de experiencia gastronómica.
- La carta del restaurante deberá contar, al menos, con un 50% de los platos con denominación regional y, al menos, el 20% de los ingredientes empleados habrán de ser productos asturianos.
- La capacidad del restaurante no podrá ser superior a 100 plazas (no superior a 120 plazas en caso de sidrerías), que deberán estar repartidas en distintos espacios dotados del máximo grado posible de privacidad
(Excepcionalmente, estas limitaciones podrán ser superadas hasta un límite de un 30% en función de la separación y diferenciación de espacios).
- En el caso de que el restaurante esté incluido dentro de un complejo hostelero (conviva con otros salones privados destinados a bodas, reuniones y banquetes), o esté integrado en hoteles u otros alojamientos turísticos, siempre y cuando esté abierto al público en general:
- no podrá compartir sus instalaciones (incluyendo los aseos) con el resto del complejo y
- deberá tener un nombre específico distinto al del complejo en el que se integra, manteniendo una publicidad diferenciada y contando con una carta propia.
- Deberá cumplir, al menos, 3 de los siguientes requisitos:
- decoración exterior diferenciada;
- decoración interior diferenciada;
- cocina independiente;
- cocinero específico para el restaurante para el que se solicita el uso de la marca;
- aparcamiento diferenciado para el restaurante para el que se solicita el uso de la marca
Desde: 01/04/2024 00:00
Hasta: 31/05/2024 23:59
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Ordenación, Innovación y Calidad
6 meses
Recurso potestativo de reposición
- DECRETO 75/2002, de 6 de junio, por el que se regula la utilización de la marca "Mesas de Asturias. Excelencia Gastronómica". BOPA 24 de junio de 2002
- RESOLUCION de 14 de octubre de 2002, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se aprueba el Reglamento de uso de la marca "Mesas de Asturias. Excelencia Gastronómica". BOPA 18 de noviembre de 2002
- Resolución de 10 de octubre de 2005, de la consejería de cultura, comunicación social y turismo, por la que se modifica parcialmente la resolución de 14 de octubre de 2002, de la consejería de industria, comercio y turismo, por la que se aprueba el reglamento de uso de la marca "mesas de Asturias Excelencia Gastronómica". BOPA 28 de octubre de 2005
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AUTOEVALUACIONES
Una vez recibida una nueva solicitud, se enviará al titular del establecimiento una "guía de autoevaluación" basada en el referencial de requisitos técnicos de la marca. Su finalidad, meramente orientativa, es que el solicitante pueda detectar las fortalezas y debilidades de su establecimiento en el cumplimiento de los requisitos y decidir si esas debilidades son subsanables a corto plazo, previamente a las auditorías.
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AUDITORÍAS
Para acceder a la marca deberán superar 2 auditorías:
- auditoría concertada de instalaciones, equipamientos y gestión, y
- auditoría de calidad del servicio (método del cliente misterioso).
(Será necesario un resultado favorable en ambar auditorías para autorizar el uso de la marca).
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USO DE LA MARCA
El uso de la marca se limitará al establecimiento para el que expresamente haya sido autorizado, sin que sea posible su utilización por otros establecimientos, actividades o servicios del mismo titular.
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ANAGRAMA IDENTIFICADOR
Los establecimientos autorizados para el uso de la marca "Mesas de Asturias. Excelencia Gastronómica" deberán colocar en lugar bien visible del establecimiento el anagrama identificador de la misma y utilizarlo en todas las acciones promocionales que lleven a cabo.
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REVOCACIÓN
Conllevará la revocación del uso de la marca:
- La pérdida de los requisitos de entrada establecidos.
- La pérdida de los parámetros que hubiesen sido valorados favorablemente.
- El cambio de titularidad del establecimiento excepto que se demuestre la vinculación familiar previa en la gestión del establecimiento.
- Solicitud en modelo normalizado
- Acreditación de los 4 años de experiencia gastronómica
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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