AYUD0029T01 - Ayudas del Programa "Severo Ochoa" para la formación en investigación y docencia del Principado de Asturias
Conceder ayudas económicas para fomentar la formación docente e investigadora de estudiantes de doctorado en el Principado de Asturias mediante la realización de una tesis doctoral en un centro de adscripción radicado en el Principado de Asturias, así como financiar la contratación laboral durante la fase inicial de la etapa postdoctoral, orientada al perfeccionamiento y especialización profesional del personal investigador, de las personas beneficiarias de una ayuda "Severo Ochoa" que obtengan el título de Doctor o Doctora.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o, en el caso de personas extranjeras extracomunitarias, estar en posesión del NIE en el plazo de presentación de solicitudes.
- Estar en posesión del título oficial español de grado y de máster universitario o, alternativamente, acreditar que en el momento de presentación de su solicitud se ha realizado la matrícula en un máster universitario oficial que dé acceso a un programa de doctorado en el curso 2024-2025, de acuerdo con la ordenación académica aplicable.
(La duración del conjunto de dichos estudios deberá ser de, al menos, 300 créditos ECTS o, alternativamente, estar en posesión de un título universitario oficial español - licenciatura, arquitectura, ingeniería, arquitectura técnica, ingeniería técnica, diplomatura - o de otro país integrante del espacio europeo de educación superior, que habilite para el acceso a máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de máster).
Alternativamente, estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros que faculten en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado.
- Haber sido admitido a tiempo completo en un programa de doctorado de una universidad radicada en el Principado de Asturias en el momento de aceptación de la ayuda.
- Acreditar un expediente académico completo con una nota media de grado de 6,5 puntos, o superior, en base a la escala 1-10.
- Contar con la aceptación explícita del centro donde realizará las tareas de investigación de la tesis.
Desde: 07/05/2024 00:00
Hasta: 18/06/2024 23:59
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Gestión Universitaria.
6 meses
Potestativo de Reposición
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. BOE 02 de junio de 2011
- Resolución de 3 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa "Severo Ochoa" de Ayudas Predoctorales para la formación en investigación y docencia del Principado de Asturias. BOPA 10 de junio de 2016
- Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación. BOE 15 de marzo de 2019
- Extracto de la Resolución de 26 de abril de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se aprueba la convocatoria pública del Programa ¿Severo Ochoa¿ de ayudas para la formación en investigación y docencia en el año 2024
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
- Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos indicados en el apartado "Necesitas" debidamente ordenados.
- A efectos de valoración de la solicitud, solo serán tenidos en cuenta aquellos requisitos y méritos acreditados documentalmente.
FECHAS DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS
- En el caso de Licenciados, Ingenieros o Arquitectos y también de Titulados equivalentes en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, debe ser posterior al 1 de enero de 2008.
- En el caso de Diplomados, Ingenieros Técnicos o Arquitectos Técnicos, posterior al 1 de enero de 2007.
- En el caso de estudios de grado del EEES de 240 créditos, deberá ser posterior al 1 de enero de 2008.
- La fecha de terminación de estudios podrá ser anterior a las señaladas anteriormente y con el límite de hasta 1 de enero de 1999 en los siguientes casos:
- Los licenciados/as en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que en el momento de solicitar la ayuda estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR) o farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en biología (BIR), química (QUIR) o psicología (PIR).
- Los titulados/as cuya fecha de fin de estudios sea posterior al 1 de enero de 2004 y que acrediten que entre esta fecha y el 1 de enero de 2014, se hayan dedicado a la atención y cuidado de menores de 6 años.
- Para las personas solicitantes que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, el período de finalización de estudios señalado en los epígrafes precedentes quedará ampliado en 2 años respectivamente.
AYUDAS Y CUANTÍA
- Se suscribirán contratos predoctorales de duración determinada, o la modalidad contractual que corresponda, con dedicación a tiempo completo. La duración del contrato no podrá ser inferior a 1 año, ni exceder de 4 años. Podrá financiarse, asimismo, la contratación laboral durante la fase inicial de la etapa postdoctoral de las personas beneficiarias de una ayuda "Severo Ochoa" que obtengan el título de doctor o doctora.
- Los beneficiarios percibirán por estas ayudas las retribuciones correspondientes a los porcentajes señalados en el art. 7 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, tomando como referencia mínima la categoría correspondiente al Grupo 1 de personal laboral de la tabla salarial recogida en el convenio único de personal laboral de la Administración General del Estado.
- Además, la Consejería de Ciencia, Empresas, formación y Empleo financiará el coste de las aportaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
GRUPO INVESTIGADOR
Se entenderá por grupo investigador, constituido formal o informalmente, a la persona o personas que colaboran como investigadores en un proyecto de I+D o línea de investigación determinada, constatable por las colaboraciones realizadas o en ejecución y que quedan comprometidas en particular en el desarrollo del programa de formación del investigador predoctoral.
- Solicitud en modelo normalizado
- Copia de las certificaciones académicas, detalladas y completas, en la que figuren: todas las asignaturas superadas con sus créditos, las calificaciones obtenidas, las fechas de las mismas, así como la nota media
- Si la nota media no figurase, deberá cumplimentarse el modelo de impreso normalizado ("Cálculo de la nota media" - anexo IV)
- Currículum vítae de la persona solicitante en el que se haga referencia expresa a méritos tales como: premios fin de carrera, tesina, otras titulaciones universitarias, publicaciones, participación en congresos, idiomas, etc. Específicamente se incluirá un apartado en el que se declarará haber (o no) disfrutado de otras becas o ayudas de análoga naturaleza
- Currículum vítae del director o directora de la tesis doctoral (en el modelo normalizado o adaptación del mismo) debiendo hacerse referencia explícita a los sexenios de investigación. Deberá cumplimentar adicionalmente el "Resumen del CV del director de tesis" (anexo VIII)
- Informe del director o directora de la tesis (conforme al modelo normalizado) en el que conste su compromiso a tutelar y dirigir la tesis doctoral, así como la idoneidad del candidato y de la adecuación del programa de doctorado elegido para el proyecto propuesto ("Informe del director de tesis" - anexo VII)
- Historial científico de los últimos 5 años de actividad del grupo de investigación en el que se integraría el investigador predoctoral, en modelo normalizado ("Historial científico y técnico del grupo investigador" - anexo VI) o adaptación al mismo
- Copia de la documentación que acredite la admisión en un programa de doctorado, en el supuesto de que pudiera acreditarse en este momento
- En su caso, copia del certificado de calificación de grado de discapacidad. (La presentación de este documento no será precisa si el grado de discapacidad ha sido reconocido por la Administración del Principado de Asturias)
- Copia del título académico
- Copia del justificante del pago del título académico
- Declaración responsable de la nota media realizada por la persona solicitante en modelo normalizado ("Declaración responsable de la nota media" - anexo III)
- Traducción jurada de la certificación académica
- Copia del título de la especialidad o certificación oficial de la misma
- En el caso de la especialidad realizada en el extranjero: acreditación del reconocimiento de la misma en España, si se trata de los nacionales de países de la Unión Europea, o la homologación para nacionales de otros países
- Copia del libro de familia
- Informe acreditativo de las circunstancias previstas en dicho apartado y únicamente podrá acreditarse para uno solo de los progenitores mediante documento expedido por la Seguridad Social
- Solicitud
- Certificaciones académicas y nota media
- Currículum vítae de la persona solicitante
- Currículum vítae del director/a
- Informe del director/a
- Historial científico de los últimos 5 años de actividad del grupo de investigación en el que se integraría el investigador predoctoral
- Copia del documento nacional de identidad o del número de identificación de extranjero
- O Pasaporte
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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