RECE0026T01 - Comunicación de baja o modificación de datos en el Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias
Finalidad:
Obtener la inscripción de la baja o modificación de datos de las inscripciones practicadas en el Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar:
Personas físicas y jurídicas que ejerzan actividad comercial en el Principado de Asturias.
Plazos de presentación:
Todo el año.
Presentación:
Las solicitudes se podrán presentar:
A través del formulario específico al que se accede a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
En este caso no es necesario adjuntar comunicación normalizada.
En las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Comunicación, en modelo normalizado. No será necesaria su aportación en el caso de presentación a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico".
En caso de oposición a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no hayan sido aportados anteriormente a cualquier Administración
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, en el caso de personas físicas.
Tarjeta de identificación fiscal, en el caso de personas jurídicas.
Certificado de inscripción en el IAE.
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"