RECE0069T01 - Inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola

Finalidad:

Solicitar la inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) de las explotaciones que realicen su actividad en el ámbito de la producción primaria agrícola del Principado de Asturias y cuyo destino sea la venta, así como las modificaciones de datos, cambios de titularidad o la baja de las mismas

La finalidad del Registro General  de la producción Agrícola (REGEPA) es disponer de la información adecuada para el cumplimiento de la normativa comunitaria sobre seguridad alimentaria y de un instrumento válido para otros fines de la política agraria.

Quien lo puede presentar:
  • La inscripción en el Registro General de la Producción agrícola es obligatoria para todas las explotaciones agrícolas, independientemente de su tamaño y de si solicitan o no cualquier tipo de ayuda pública ,siempre y cuando vendan todo o parte de su producción.
  • No se inscribirán en el REGEPA las explotaciones de producción agrícola que destinen íntegramente sus producciones al consumo doméstico privado, incluido el de los animales de la propia explotación.
  • Las explotaciones agrícolas de nueva constitución deben notificar la información al registro dentro del mes siguiente al inicio de la actividad. Asimismo, las explotaciones que abandonen la actividad deben igualmente notificar la situación dentro del mes siguiente al cese de la actividad.
Plazos de presentación:
  • Presentación a través de SGA-SOLICITUD ÚNICA (para titulares REGEPA que soliciten ayudas PAC): 
    • El período de presentación está sujeto a los periodos de declaración, modificación y subsanaciones que se establezcan en la orden anual de convocatoria de ayudas PAC.
  • Presentación a través de SGA-REGEPA (para titulares REGEPA que no soliciten ayudas PAC):
    • El período de presentación comenzará el 1 de enero y finalizará el 31 de octubre de cada campaña.
Presentación:

Presentación presencial

Oficina comarcal correspondiente al domicilio del interesado o Sección de fomento asociativo de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

La solicitud se presentará mediante la aplicación web SGA (https://sga.asturias.es), habilitada al efecto en esta misma página a través del enlace "Tramitación Telemática", bien con certificado digital o utilizando la clave personal que se facilita en las oficinas comarcales de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.

La presentación, que debe realizarse anualmente puede realizarse de dos maneras:

  • Para aquellos titulares REGEPA que anualmente solicitan ayudas PAC: la presentación de la Solicitud Única a través de SGA-SOLICITUD ÚNICA, siempre que en ella no se declare que toda la producción agrícola de la explotación se dedica al autoconsumo, lleva implícita la inscripción en REGEPA. 
  • Para aquellos titulares REGEPA que no soliciten ayudas PAC la declaración será anual a través de SGA-REGEPA. Podrán solicitar asesoramiento para realizar la misma en las Oficinas Comarcales y en la Sección de Fomento del Servicio de Desarrollo Rural (Edificio EASMU-Oviedo) de la Dirección General de Desarrollo Rural y Agroalimentación.

En cada campaña, todos los agricultores deberán declarar toda la información de la explotación agraria, bien mediante la declaración SGA-REGEPA o SGA-SOLICITUD ÚNICA. En caso de no realizarlo, la explotación agraria pasará a inactiva.

Órgano gestor:

Servicio de Desarrollo Rural.

Plazo de resolución:

Hasta el 31 de diciembre del año de la presentación de la solicitud.

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición.

Información adicional:

NOTIFICACIONES AL REGEPA

Anualmente los agricultores deberán notificar al REGEPA ( a través de SGA-SOLICITUD ÚNICA o a través de SGA-REGEPA) la siguiente información obligatoria:

  • Datos generales de la explotación. Se cumplimentarán los siguientes datos identificativos del titular de la explotación: nombre completo o razón social, NIF, domicilio y medio de contacto (obligatorio teléfono y e-mail). Igualmente se cumplimentarán los datos del , cónyuge del titular y/o representante legal, en su caso.
  • Datos de responsabilidad jurídica y económica de la explotación conforme a lo dispuesto en el formulario de solicitud.
  • Deben cumplimentarse indicadores de la actividad agraria relativos a Autocontroles y Venta directa.
  • Datos adicionales de la explotación: indicar si pertenece a alguna Agrupación para el Tratamiento Integrado en Agricultura (ATRIA), a alguna Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH) y/ a alguna figura de calidad (Denominación de Origen protegida y/o Indicación Geográfica Protegida)
  • Declaración gráfica de la totalidad de recintos que componen la explotación indicando el/los cultivo/s existentes en cada recinto así como la superficie cultivada de cada uno de ellos. Deberán cubrirse la totalidad de los campos solicitados en la declaración de recintos incluyendo los datos adicionales de recintos, el detalle de variedades en aquellos recintos en los que exista más de una variedad del mismo producto cultivada y el detalle de los productos hortícolas, en su caso.

DATOS SIGPAC DE LOS RECINTOS A INSCRIBIR

La base gráfica del Registro General de la Producción agrícola es el SIGPAC y por tanto los datos de los recintos que se inscriban en el REGEPA deben ser coherentes con la información gráfica SIGPAC.

En caso de discrepancias entre la declaración presentada y la base gráfica SIGPAC se generará una alegación de cambio en SIGPAC.

INSPECCIONES

Las explotaciones inscritas en el REGEPA podrán ser objeto de inspección dentro del Plan Coordinado de Control de la Cadena Alimentaria del Principado de Asturias para verificar el cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el Reglamento 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios: condiciones higiénicas en cuanto a producción, transporte y almacenamientos de los vegetales, utilización de aguas, higiene del personal que manipula los alimentos, uso correcto de los productos fitosanitarios, etc.

ACTUALIZACIÓN DEL CUADERNO DE EXPLOTACIÓN

Las explotaciones inscritas en el REGEPA deberán mantener actualizado el Cuaderno de explotación con referencia al uso y utilización de los productos fitosanitarios conforme se establece en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios y en lo relativo a la nutrición sostenible de suelos conforme se establece en el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios, todo ello según lo dispuesto en el Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre por el que se establece y regula el sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro Autonómico de Explotaciones y el Cuaderno digital de Explotaciones.

Documentos a presentar:
Documentación requerida
  • Solicitud en modelo normalizado (Preferentemente realizada a través de la aplicación SGA).
  • Autorización a funcionario público para cumplimentación de trámite telemático.
  • Etiquetas de envases de semillas de cáñamo.
En el caso de personas jurídicas:
  • Documento de constitución.
  • Estatutos.
En aquellos casos en los que la solicitud se formule por una persona distinta al solicitante o cuando ésta sea una persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica:
  • Acreditación del representante legal.
En su caso:
  • Contrato con la industria transformadora (cáñamo).
  • Autorización de la AEMPS (Cáñamo).
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona solicitante.
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante.
  • Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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