200850816 - Subvenciones a organizaciones clúster del Principado de Asturias
Obtener subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a organizaciones clústers, radicadas física y fiscalmente en el ámbito territorial del Principado de Asturias, que desarrollen proyectos de cooperación o mejora de la innovación dirigidos a sus miembros.
Desde: 30/06/2020 Hasta: 09/09/2020
El plazo de presentación de solicitudes será hasta las 14:00 h, hora peninsular en España.
Entidad Pública IDEPA
BENEFICIARIOS
- Entidades sin ánimo de lucro constituidas como organización clúster o similar denominación. Dichas entidades deberán tener personalidad jurídica propia.
- Se define clúster como un grupo de empresas e instituciones interrelacionadas, concentradas geográficamente, que compiten en un mismo negocio y que generalmente incluyen empresas situadas en varios escalones de la cadena de valor e instituciones y organizaciones relacionadas (universidades, centros de investigación, agencias gubernamentales etc.).
- Las organizaciones clúster son entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tienen como objetivo mejorar la competitividad de sus miembros, especialmente de las PYMES, ayudándoles a abordar de forma conjunta retos estratégicos que no podrían resolver de forma individual. Las organizaciones clúster agrupan a PYMES, grandes empresas, agentes científico-tecnológicos, de una cadena de valor orientada a un mercado final o segmento del mismo y que desarrollan actuaciones en el ámbito de la innovación e internacionalización.
- Quedan expresamente excluidas de estas ayudas las administraciones públicas y los colegios profesionales.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Los proyectos subvencionables deberán enmarcarse en una de las siguientes líneas:
- Línea 2: dinamización de organizaciones clúster constituidas.
- Desarrollo de actividades de dinamización, estudios dirigidos a la mejora de la competitividad (identificación de retos estratégicos, estudios de viabilidad, análisis de tendencias, nuevos modelos de negocio…) y a facilitar la generación de proyectos colaborativos de las empresas y organismos asociados o partícipes.
- Desarrollo de actuaciones que contribuyan a mejorar el posicionamiento internacional del clúster. Estructuras de coordinación y gestión.
- Línea 4: proyectos colaborativos.
- Proyectos y actuaciones específicas de colaboración entre empresas dirigidos a fortalecer el potencial innovador y la competitividad de las empresas presentados por organizaciones clúster.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
- Las actuaciones deberán realizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y la fecha que se fije en la resolución de concesión.
- Además, se deberá tener en cuenta que, según lo dispuesto en el artículo 65.6 del Reglamento 1303/2013, de 17 de diciembre, de disposiciones comunes relativas a los fondos EIE, los proyectos para los que se solicite subvención no podrán estar enteramente ejecutados y pagados en el momento de presentación de la solicitud de ayuda al IDEPA. Es decir, en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, los proyectos podrán estar iniciados, pero necesariamente tendrán que concluirse en fecha posterior.
- No se podrá presentar más de un proyecto para cada línea.
- Las actuaciones deberán ser viables técnica, económica y financieramente.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Línea 2 (dinamización) y línea 4 (proyectos colaborativos):
- Contratación de colaboradores externos para el desarrollo de las actividades del clúster.
- Costes salariales y de dietas de personal adscrito al desarrollo de la actividad.
- Gastos de promoción y difusión.
- El personal que se considera subvencionable será el propio de la organización clúster o, en el supuesto de que no se cuente con él, el de la entidad sin ánimo de lucro asociada encargada de la gestión de la organización clúster, en cuyo caso esta entidad también será considerado beneficiaria de la ayuda y tendrá que cumplir las condiciones establecidas para ellos.
- El personal deberá estar encuadrado exclusivamente en los grupos de cotización 1, 2 o 3.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
La cuantía de la ayuda será el resultado de aplicar un % sobre los gastos subvencionables.
Línea 2 (dinamización):
El porcentaje máximo será decreciente en el tiempo, en función del año de solicitud, con un gasto máximo subvencionable de 60.000 €
El importe mínimo para que un proyecto sea subvencionable no podrá ser inferior a 15.000 €
Año de solicitud |
% máximo subvención |
1er año |
100% |
2º año |
100% |
3er año |
90% |
4º año |
80% |
5º año |
70% |
6º año |
60% |
+ de 6 años |
50 % |
Como consecuencia de la situación excepcional creada por el coronavirus y la incidencia que puede tener en la composición de las organizaciones clúster, el porcentaje máximo de subvención a aplicar este año será el mismo que el correspondiente al año anterior.
Línea 4 (proyectos colaborativos):
La intensidad máxima de la ayuda será del 50%, con un gasto máximo subvencionable de 50.000,00 €
El importe total de las ayudas recibidas por una organización clúster en esta convocatoria no podrá superar los 75.000 €, al ser este valor el 30% de la cuantía total autorizada inicialmente para financiarla.
MÁS INFORMACIÓN
IDEPA - Subvenciones a agrupaciones empresariales innovadoras (clusters)
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