RRHH0089T04 - Alegaciones contra las puntuaciones provisionales del baremo del concurso de méritos para provisión extraordinaria de estabilización de puestos de trabajo de personal docente no universitario

Finalidad:

Proceder por parte de las personas interesadas en el procedimiento administrativo RRHH0089 Provisión extraordinaria de estabilización de puestos de trabajo de personal docente no universitario mediante concurso de méritos a realizar alegaciones contra las puntuaciones provisionales del baremo, según se especifica en la base 7.2 de la convocatoria del procedimiento. No se admitirá, en ningún caso, la aportación de nueva documentación acreditativa de los méritos con las alegaciones.

Quien lo puede presentar:

Personas que han solicitado su participación en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria (0590), profesores de escuelas oficiales de idiomas (0592), profesores de música y artes escénicas (0594), profesores de artes plásticas y diseño (0595), y maestros (0597).

Plazos de presentación:

Desde: 30/03/2023 00:00

Hasta: 14/04/2023 23:59

  • Contra las puntuaciones provisionales, los interesados podrán presentar alegaciones, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación. Las alegaciones se dirigirán al órgano técnico de valoración de méritos.
  • Asimismo, los errores materiales, de hecho, o aritméticos, que se adviertan podrán rectificarse en el mismo plazo, de oficio o a petición de los interesados, según lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. (Base 7.2 de la convocatoria).
Presentación:

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
Órgano gestor:

Servicio de Plantillas, Programación de Efectivos y Costes de Personal Docente.

Plazo de resolución:

Con anterioridad al 31/12/2024 (art 2 Ley 20/2021).

Una vez estudiadas por el órgano técnico de valoración de méritos las alegaciones presentadas en tiempo y forma contra las puntuaciones provisionales, se elevarán a los tribunales para su resolución y la aprobación de la valoración definitiva de los méritos.

El trámite de notificación de la contestación de estas alegaciones se entenderá efectuado con la publicación de las listas con las puntuaciones definitivas, declarándose desestimadas las alegaciones no recogidas en las mismas.

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Normativa básica:
Documentos a presentar:
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente". No se admitirá, en ningún caso, la aportación de nueva documentación acreditativa de los méritos con las alegaciones.

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