DECO0067T01 - Notificación por comparecencia espontánea

Finalidad:

Obtener, mediante comparecencia espontánea del interesado en cualquiera de las oficina de asistencia en materia de registro del Servicio de Atención Ciudadana (SAC), notificaciones personales referidas a expedientes electrónicos de la Administración del Principado de Asturias.

Quien lo puede presentar:

Personas físicas, no obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, interesadas en expedientes electrónicos tramitados por la Administración del Principado de Asturias, que actúen en nombre propio o mediante persona autorizada.

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano: 

  • Oficina de Atención Ciudadana de Oviedo 

    C/Antonio Suárez Gutiérrez 2, planta plaza (33005) Oviedo

  • Oficina de Atención Ciudadana de Gijón

    C/ Mariano Pola 3, (33201) Gijón

  • Oficina de Atención Ciudadana de Avilés

    C/del Muelle 8, (33402) Avilés

Órgano gestor:

Servicio de Atención Ciudadana.

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Información adicional:
  • Se recomienda que el ciudadano aporte algún dato relativo a la identificación de la notificación, que facilite su búsqueda y localización.
  • No será posible practicar la notificación en aquellos casos en los que ésta conste como:
    • Entregada en domicilio o en oficina
    • Aceptada
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Documento acreditativo de la identidad del interesado (DNI, NIE o TIE)
En el caso de que la solicitud se haga por medio de persona autorizada, además:
  • Autorización para la entrega de la notificación, en modelo normalizado.
  • Documento acreditativo de la identidad de la persona autorizada.
  • Copia del documento acreditativo de la identidad de la persona interesada.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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