CONV0045T02 - Selección de entidad colaboradora para proyectos de eficiencia energética en materia de turismo

Finalidad:

Participar en el proceso de selección de una entidad colaboradora para la gestión de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas en el Principado de Asturias.

 

Quien lo puede presentar:

Podrán participar en el procedimiento de selección las personas jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que compartan con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el interés, manifestado a través de sus estatutos, fines asociacionales, objeto social o programa de responsabilidad social corporativa, en alcanzar el objetivo de mejora de la protección del medio ambiente que fundamenta esta línea de ayudas, a través de la promoción de la eficiencia energética

Plazos de presentación:

Desde: 26/07/2024 00:00

Hasta: 09/08/2024 23:59

15 días naturales a partir de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias 

Presentación:

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Promoción y Sostenibilidad Turística.

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución y notificación será de 1 mes desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes de participación en la presente convocatoria.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Recurso potestativo de reposición.

Normativa básica:
Información adicional:

1. Quienes participen en el proceso selectivo deberán acreditar los siguientes extremos de solvencia:

  • Solvencia económica y financiera: Se acreditará mediante certificado de entidad financiera justificativo de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de todos sus pagos.
  • Solvencia técnica: Se entenderá acreditada por la experiencia en actividades de consultoría, asesoramiento y asistencia técnica en materia energética, lo que se justificará mediante la presentación de relación de trabajos efectuados, debiendo indicar el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, acompañando certificados de buena ejecución respecto de los mismos.

2. Las entidades solicitantes deberán tener una antigüedad mínima de tres años, debiendo acreditar que las finalidades estatutarias son anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

 

SERVICIOS RELACIONADOS

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud, en modelo normalizado
  • Escritura de constitución de la entidad debidamente inscrita en el registro correspondiente, que incluya la totalidad de las modificaciones producidas, en su caso.
  • Poderes del firmante de la solicitud de participación, salvo en el caso de los organismos y entes públicos, que bastará con la acreditación de su nombramiento.
  • Documentación acreditativa de la solvencia económica y técnica.
  • Documentación que permita a la Administración valorar la solicitud conforme a los criterios fijados en el apartado Séptimo de la convocatoria.
  • Declaraciones responsables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
En el caso de asociaciones:
  • Certificado acreditativo de su inscripción en el correspondiente Registro de asociaciones.
En el caso de sociedades mercantiles
  • Certificado del Registro Mercantil en el que conste la denominación, domicilio social, fecha de constitución, número de identificación fiscal y acuerdos sociales, relativos al objeto social y/o al poder de representación de la entidad.
En el caso de fundaciones:
  • Certificado acreditativo de su inscripción en el correspondiente Registro de fundaciones.
En el supuesto de que no figure acreditado en la propia escritura:
  • Poder suficiente a favor del firmante.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante o autorizada de la entidad.
  • Tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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