Sede electrónica
Según ha comunicado la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, este domingo 13/10/2024, entre las 08:00 y las 10:00, realizarán una intervención de mantenimiento en sus servicios. Durante el periodo indicado no estarán operativos los siguientes servicios de gestión de cl@ve permanente: activación y baja de usuario, olvido y cambio de contraseña. La creación de nuevos certificados cl@ve firma no se verá afectada, ni tampoco afectará a los servicios de autenticación y firma.
CONV0045T02 - Selección de entidad colaboradora para proyectos de eficiencia energética en materia de turismo
Participar en el proceso de selección de una entidad colaboradora para la gestión de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas en el Principado de Asturias.
Podrán participar en el procedimiento de selección las personas jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que compartan con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el interés, manifestado a través de sus estatutos, fines asociacionales, objeto social o programa de responsabilidad social corporativa, en alcanzar el objetivo de mejora de la protección del medio ambiente que fundamenta esta línea de ayudas, a través de la promoción de la eficiencia energética
Desde: 26/07/2024 00:00
Hasta: 09/08/2024 23:59
15 días naturales a partir de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Promoción y Sostenibilidad Turística.
El plazo máximo de resolución y notificación será de 1 mes desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes de participación en la presente convocatoria.
Recurso potestativo de reposición.
- Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2022, de la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de diciembre de 2023, por el que se amplía el reparto territorial de crédito, con cargo al presupuesto de 2023, previsto en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022 destinado a la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas.
- Resolución de 19 de julio de 2024, de la Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se autoriza el gasto para la suscripción de un convenio de colaboración con una entidad colaboradora para la gestión de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas del Principado de Asturias en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por fondos de la Unión Europea-Next Generation), y establece e inicia el procedimiento para la selección de una entidad colaboradora para su gestión. BOPA 25 de julio de 2024
1. Quienes participen en el proceso selectivo deberán acreditar los siguientes extremos de solvencia:
- Solvencia económica y financiera: Se acreditará mediante certificado de entidad financiera justificativo de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de todos sus pagos.
- Solvencia técnica: Se entenderá acreditada por la experiencia en actividades de consultoría, asesoramiento y asistencia técnica en materia energética, lo que se justificará mediante la presentación de relación de trabajos efectuados, debiendo indicar el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, acompañando certificados de buena ejecución respecto de los mismos.
2. Las entidades solicitantes deberán tener una antigüedad mínima de tres años, debiendo acreditar que las finalidades estatutarias son anteriores a la publicación de la presente convocatoria.
SERVICIOS RELACIONADOS
- Solicitud, en modelo normalizado
- Escritura de constitución de la entidad debidamente inscrita en el registro correspondiente, que incluya la totalidad de las modificaciones producidas, en su caso.
- Poderes del firmante de la solicitud de participación, salvo en el caso de los organismos y entes públicos, que bastará con la acreditación de su nombramiento.
- Documentación acreditativa de la solvencia económica y técnica.
- Documentación que permita a la Administración valorar la solicitud conforme a los criterios fijados en el apartado Séptimo de la convocatoria.
- Declaraciones responsables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
- Certificado acreditativo de su inscripción en el correspondiente Registro de asociaciones.
- Certificado del Registro Mercantil en el que conste la denominación, domicilio social, fecha de constitución, número de identificación fiscal y acuerdos sociales, relativos al objeto social y/o al poder de representación de la entidad.
- Certificado acreditativo de su inscripción en el correspondiente Registro de fundaciones.
- Poder suficiente a favor del firmante.
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante o autorizada de la entidad.
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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