Sede electrónica
Según ha comunicado la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, este domingo 13/10/2024, entre las 08:00 y las 10:00, realizarán una intervención de mantenimiento en sus servicios. Durante el periodo indicado no estarán operativos los siguientes servicios de gestión de cl@ve permanente: activación y baja de usuario, olvido y cambio de contraseña. La creación de nuevos certificados cl@ve firma no se verá afectada, ni tampoco afectará a los servicios de autenticación y firma.
AYUD0411T01 - Subvención a entidades locales para el mantenimiento, reparación e inversión en instalaciones deportivas de los municipios de menos de 10.000 habitantes
Ayuntamientos de menos de 10.000 habitantes del Principado de Asturias que cuenten con instalaciones deportivas de su titularidad, ya sean gestionadas directamente por la entidad solicitante o por Patronato o Fundación Deportiva Municipal.
Desde: 08/02/2024 00:00
Hasta: 22/02/2024 23:59
15 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA 07/02/2024)
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Planificación y Promoción del Deporte.
3 meses
Potestativo de reposición.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Decreto 105/2005, de 19 de octubre, por la que se regula la concesión de subvenciones a entidades locales en régimen convocatoria pública. BOPA 24 de octubre de 2005
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE 02 de octubre de 2015
- Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo a las entidades locales del Principado de Asturias.
- Extracto de la Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Viceconsejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para las entidades locales del Principado de Asturias en el año 2024 y, dentro de la misma, la línea 4 de actuación subvencionable: Deportes.
SOLICITUD
- Sólo se podrá presentar una solicitud de subvención por beneficiario, instalación y área deportiva.
CUANTÍA
- El importe de la ayuda no representará más del 75% de la inversión, y la ayuda máxima por proyecto será de 13.500 euros.
- Repercusión de la inversión en la mejora de los servicios deportivos actualmente prestados al posibilitar un aumento del número de personas usuarias de la instalación o un menor grado de intensidad en el aprovechamiento actual de la misma, hasta un máximo de 6 puntos.
- Contribución del gasto subvencionado a la creación de servicios deportivos adicionales a los actualmente prestados y por consiguiente del número de usos de la instalación, hasta un máximo de 6 puntos.
- Déficit de actividades deportivas en la zona de influencia de la instalación que estén directamente relacionadas con el material deportivo objeto del gasto, hasta un máximo de 6 puntos.
- Actuaciones que prioricen su uso posterior por centros escolares u otras entidades dedicadas al fomento del deporte escolar, hasta un máximo de 6 puntos.
- Contribución del gasto al incremento de la seguridad de la instalación, hasta un máximo de 6 puntos.
- Contribución del gasto al incremento de la accesibilidad y/o disfrute de la instalación por personas con discapacidad, hasta un máximo de 5 puntos.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
- Solicitud en modelo normalizado
- Proyectos para los que se solicita subvención
- Ficha de acreedores, según modelo que se encuentre en vigor en el momento de la convocatoria. La aportación de éste documento se puede omitir si ya han aportado la ficha de acreedores previamente y la entidad figura como tercero validado en el sistema contable del Principado, salvo que se haya producido alguna modificación en los datos, en cuyo caso será necesaria su comunicación.
- Memoria detallada de la actuación desarrollada en el año en curso, en la que se especifiquen las mejoras que aporta la realización de las actuaciones de mantenimiento y reparación de sus instalaciones deportivas en los servicios deportivos ofertados, incrementos en la seguridad y accesibilidad, repercusiones en el uso futuro por parte de la población que incida en el binomio deporte y salud, y la incorporación de la población femenina a la práctica deportiva y cuantos otros aspectos que la entidad solicitante considere relevantes de su solicitud relacionados con los criterios de valoración establecidos, y además presupuesto detallado de la inversión realizada.
- Certificación del número de habitantes del municipio a 1 de enero del año correspondiente a la convocatoria.
- Documentación acreditativa de la representación (Deberá aportarse siempre que la representación no se acredite a través de un poder notarial o si el poder notarial no dispone de Código Seguro de Verificación-CSV o, disponiendo de éste, se haya ejercido el derecho de oposición a su consulta)
- Facturas pro forma
- Proyecto técnico suscrito por personal técnico competente.
- Documento acreditativo de la personalidad de la persona física que firma la solicitud en nombre de la Entidad Local u organismo autónomo local.
- Poder notarial, en caso de representación por poder notarial
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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