RECE0110T02 - Certificación de inscripción o anotaciones registrales en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual del Principado de Asturias

Finalidad:

Obtener certificación acreditativa de los datos inscritos en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual del Principado de Asturias.

Quien lo puede presentar:
  • Cualquier persona física o jurídica podrá solicitar certificaciones acreditativas de los datos inscritos en el registro.
  • Las certificaciones serán el único medio para acreditar fehacientemente el contenido de las inscripciones registrales.
Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Telecomunicaciones.

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Pago de tasas:
  • La emisión de certificados darán lugar a la exacción de la tasa prevista en el Capítulo XI del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos.
  • El justificante del pago de la tasa deberá presentarse junto con la solicitud.
  • Disponen del Modelo de autoliquidación 046 necesario para el abono de la tasa, pudiendo confeccionar el mismo on-line o mediante su descarga:
  • Para mayor facilidad en su confección, a continuación se detalla el contenido a cumplimentar de las algunas casillas del citado modelo:
    • Código de concepto: 327015.
    • Descripción (literal código de concepto): Tasa prestación de servicios de comunicación audiovisual.
    • Descripción: Expedición de certificaciones de los datos que figuran en el Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual.
    • Unidades: 1
    • Precio unitario: 55€ (para expedición de certificación).
    • Importe Total: 55€ (para expedición de certificación).
    • Totales: 55€ (para expedición de certificación).
Información adicional:

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes se podrán presentar:

  • De modo presencial o telemático, si se trata de personas físicas no obligadas a relacionarse por por medios electrónicos con la Administración.
  • De modo telemático, si se trata de personas jurídicas, o si se trata de personas físicas obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Justificante del pago de la tasa.
En caso de actuar por medio de representante:
  • Documentación acreditativa de la representación. Deberá aportarse siempre que la representación no se acredite a través de un poder notarial o si el poder notarial no dispone de Código Seguro de Verificación-CSV o disponiendo de éste se haya ejercido el derecho de oposición a su consulta.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento acreditativo de la identidad de la persona/s firmante/s de la solicitud.
  • Documento acreditativo del Número de identificación fiscal de la entidad solicitante.
  • Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
Documentación relacionada:

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Área Personal

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Registrarme

Contacta