AYUD0397T03 - Ayudas a Entidades Locales destinadas a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales (MRR). Línea C

Finalidad:

Obtener ayudas, destinadas a entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de inversión destinados a la modernización y gestión sostenible de teatros, auditorios, carpas de circo, salas de música en directo, salas de ensayo, espacios escénicos y musicales de compañías de teatro, danza, música y circo. 

Quien lo puede presentar:

1. Pueden solicitar las ayudas:

  • Entidades Locales u organismos dependientes de ellas, participados íntegramente por aquella, que gestionen espacios de artes escénicas o musicales. 

2. No podrán solicitar las ayudas:

  • Las entidades que en los presupuestos generales del Principado de Asturias, para el año en curso figuren con subvención nominativa destinada a acometer inversiones con el mismo objeto de la presente convocatoria. 
  • Aquellas en las que concurran alguna de las circunstancias expresadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a quienes no podrán obtener la condición de beneficiario.
Plazos de presentación:

Desde: 10/04/2025 00:00

Hasta: 14/05/2025 23:59

20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en BOPA

Presentación:

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse  por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias

Órgano gestor:

Servicio de Instituciones Culturales. 

Plazo de resolución:

6 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición

Normativa básica:
Información adicional:

Exclusiones

  • Las ayudas a infraestructuras se circunscriben a teatros, auditorios, carpas de circo, salsa de música en directo, salsa de ensayo, espacios escénicos y musicales de compañías de teatro, danza, música y circo.
  • Se excluyen los espacios al aire libre y los equipamientos anteriormente mencionados que estén vinculados a centros educativos, con excepción de aquellos cuyo objetivo principal y exclusivo sea la impartición de enseñanzas artísticas regladas (Conservatorios, Escuelas Municipales de música y Escuela Superior de Arte Dramático.

Acciones subvencionables

Las ayudas se destinarán a inversiones dedicadas a la modernización digital, transición verde y transformación de los espacios y musicales fomentando una gestión inteligente y sostenible, pudiéndose llevar a cabo las siguientes acciones elegibles:

a) Eficacia energética de los edificios, de cara a que sean edificios de consumo de energía casi nulo, permitiendo reducir de forma significativa el consumo de energía primaria no renovable.

b) Soluciones de adaptación que sean posibles en el marco de las opciones que permita la edificación existente y su protección -en caso de que sean edificios protegidos-, como la utilización de cubiertas vegetales, toldos, zonas de sombreado etc.

c) Modernización de sistemas digitales de audio y comunicaciones en red.

d) Modernización de los sistemas de iluminación digital.

e) Modernización de los sistemas de vídeo digital.

f) Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica.

g) Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales. 

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

  • Las ayudas que se financien al amparo de estas bases se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno español (componente 24) y tienen por objeto la financiación de proyectos de inversión, cubriendo en particular los relativos a la transición verde y transformación de los espacios, y que impulsen un crecimiento inteligente y sostenible en su gestión.

 Gastos subvencionables

  • Los inherentes al desarrollo de los proyectos subvencionados.
  • No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible cuando la persona o entidad beneficiaria esté obligada a realizar declaración del mencionado impuesto, por tanto, la cantidad que podrá imputarse como gasto es la correspondiente a la base imponible de los justificantes. 
  • El IVA sólo será subvencionable si es real y definitivamente soportado por el beneficiario final o por el destinatario último. 

 Criterios de valoración

1. Año de última reforma del edificio (hasta 20 puntos) : 

    • Edificios anteriores a 1990: 20 puntos 
    • Edificios anteriores a 2000: 10 puntos 
    • Edificios anteriores a 2010: 5 puntos 
    • Edificios posteriores a 2010: 0 puntos 

 2. Aforo del espacio escénico y/o musical (hasta 20puntos) : 

    • Aforo de más de 200 personas: 20 puntos. 
    • Aforo entre 100 y 200 personas:10 puntos. 
    • Aforo de menos de 100 personas:5 puntos 

 3. Modernización del equipamiento (hasta 20 puntos) 

Por cada medida de modernización del equipamiento prevista en la propuesta, se otorgará 5 puntos, hasta un máximo de 20 puntos. 

Se define medida de modernización del equipamiento como aquélla que se encuentre entre las siguientes: 

    1. Modernización de sistemas digitales de audio y comunicaciones en red, 5 puntos.
    2. Modernización de los sistemas de iluminación digital, 5 puntos.
    3. Modernización de los sistemas de vídeo digital, 5 puntos.
    4. Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica, 5 puntos.
    5. Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales, 5 puntos.
    6. Eficacia energética de los edificios de cara a que sean edificios de consumo de energía casi nulo, permitiendo reducir de forma significativa el consumo de energía primaria no renovable, 5 puntos. 
    7. Soluciones de adaptación que sean posibles en el marco de las opciones que permita la edificación existente y su protección-en caso de que sean edificios protegidos-, como la utilización de cubiertas vegetales, toldos, zonas de sombreado etc., 5 puntos. 

4. Gestión de públicos (20 puntos) 

    1. Mejoras para la gestión de públicos que incluya aplicaciones, páginas web e informatización de los públicos, 20 puntos. 
    2. Mejoras para la gestión de públicos que incluya informatización de los públicos, 10 puntos. 
    3. No realización de mejoras para la gestión de públicos, 0 puntos. 

5. Criterios económicos (hasta 20 puntos)

Plan de financiación, hasta un máximo de 20 puntos: Nivel de autofinanciación, que se asignará de acuerdo al porcentaje que representen los recursos financieros propios con que contare el proyecto en relación al coste total de los gastos subvencionables del mismo, del siguiente modo: 

    • Aportación del solicitante más del 70%, 20 puntos.
    • Aportación del solicitante entre el 70% y el 50%, ambos inclusive 10 puntos.
    • Aportación del solicitante menos del 50% y más del 25%, 5 puntos.
    • Aportación del solicitante 25% o menos, 2 puntos.  

Documentación Justificativa 

  • El plazo de justificación finalizará antes del 1 de noviembre de 2025, incluido 
  • La justificación de las subvenciones se realizará por el sistema de cuenta justificativa que tendrá el contenido establecido en las bases reguladoras.  

Fichero de acredores

SERVICIOS RELACIONADOS  

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado. Incluye: .- Declaración responsable del representante de la Entidad o del solicitante relativa a no estar incursa ésta en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de haber justificado las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma. .- Declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en su caso, concedidos para la misma finalidad, por cualquier Administración Pública o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con indicación de la entidad concedente, fecha e importe.
  • Copia del documento que acredite que la persona física o jurídica solicitante ejerce su actividad en el ámbito territorial del Principado de Asturias y fecha de inicio de la misma.
  • Proyecto paginado, lo más detallado posible, que deberá hacer mención, como mínimo, a los siguientes aspectos, según proceda: a) Proyecto de edificación para la mejora de la eficiencia energética del inmueble. b) Instalaciones que se renovarán para su modernización, con cuantificación justificada de las mejoras en la eficiencia energética de la instalación propuesta respecto a la existente. c) Sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales que serán objeto de modernización, con explicación motivada de las mejoras que supone su implantación. La memoria responderá claramente a los criterios de valoración señalados en la presente Resolución, y justificará en cada caso su cumplimiento. Se recomienda que no supere las 25 páginas, como máximo. En el caso de intervenciones totales sobre inmuebles, el proyecto de edificación deberá contener una propuesta para adecuar el inmueble a un edificio de consumo de energía casi nulo. Asimismo, deberá justificar de forma pormenorizada, y de acuerdo con la normativa señalada, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4. En el caso de actuaciones de adaptación sobre inmuebles protegidos, deberá aportarse una certificación energética del estado inicial, y del estado tras la propuesta. O en su caso, justificar en qué medida se mejora la eficiencia energética del inmueble, mediante documentos técnicos y/o ensayos. Para el caso de actividades o actuaciones de modernización de las instalaciones y de los equipos y sistemas digitales, se aportarán documentos que justifiquen el cumplimiento de los siguientes requisitos, según proceda: a) Los equipos IT cumplirán con los requisitos relacionados con la energía establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125 / EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas. b) En estas adquisiciones se activarán medidas para asegurar la compra de aquellos equipos energéticamente eficientes, que sean absolutamente respetuosos con el Code of Conduct for ICT de la Comisión Europea, y se tomarán medidas para que aumente la durabilidad, la posibilidad de reparación, de actualización y de reutilización de los productos, de los aparatos eléctricos y electrónicos implantados.
  • Presupuesto equilibrado y firmado que prevea la financiación solicitada que incluya las partidas que lo integran recogiendo la estimación de gastos e ingresos de la actividad para la que se solicita ayuda, donde se recoja la aportación económica del peticionario para el desarrollo de la actividad.
  • Cronograma provisional de desarrollo del proyecto.
  • Memoria económica con el presupuesto pormenorizado de la actividad, con desglose de gastos e ingresos. Los solicitantes tendrán en cuenta la cuantía máxima para elaborar sus presupuestos, con el fin de garantizar la coherencia entre las actuaciones a desarrollar y la cuantía de la ayuda solicitada, debiendo entenderse que la cuantía subvencionable será la solicitada y que dicho presupuesto será vinculante a efectos de presentación de la justificación, en los términos establecidos en el artículo 13 de la presente convocatoria.
  • Plan para llevar a cabo la obligación de adoptar las medidas de difusión consistentes en dar la adecuada publicidad, por parte de los beneficiarios, del carácter público de la financiación de la actuación. Dentro de dicho plan se describirán las actividades propuestas para la difusión del proyecto (medios, redes, etc.). Dentro de cualquier medida de difusión, se incluirán los logos de la UE, del Gobierno de España y del Gobierno del Principado de Asturias, correspondientes al PRTR (ver Obligaciones).
  • Cantidad solicitada por el peticionario. Ésta no debe exceder del 80% del presupuesto total del proyecto.
  • Modelo de declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), en modelo normalizado (Anexo III)
  • Modelo de declaración responsable de compromiso con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), entre las que se encuentra el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH), en modelo normalizado (Anexo IV)
  • Además de la documentación referida en el apartado anterior, de conformidad con el Reglamento(UE) nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, el solicitante deberá de presentar declaración, escrita o en soporte electrónico, referente a todas las demás ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetas al citado Reglamento o a otros reglamentos de minimis. Dicha declaración se incorporará en el modelo de solicitud.
En el caso de entidades locales:
  • Certificado de la aprobación del Plan de Medidas Antifraude para la respectiva entidad, así como fecha de publicación en el BOPA.
En el caso de que los datos requeridos no obren ya en esta Administración o haya habido modificaciones en los mismos:
  • Ficha de acreedores.
En el caso de proyectos de edificación:
  • Licencia de apertura (o solicitud), para la propuesta objeto de subvención.
  • Licencia de obras (o solicitud), para la propuesta objeto de subvención.
En el caso de personas jurídicas:
  • Documento público de constitución y de sus posteriores modificaciones y dónde conste, expresamente, el epígrafe correspondiente a las actividades de su objeto social.
  • Declaración de titularidad real, en modelo normalizado (Anexo V)
En caso de actuar por medio de representante:
  • Documentación acreditativa de la representación (Deberá aportarse siempre que la representación no se acredite a través de un poder notarial o si el poder notarial no dispone de Código Seguro de Verificación-CSV o disponiendo de éste se haya ejercido el derecho de oposición a su consulta)
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona física solicitante.
  • Documento acreditativo del Número de Identificación Fiscal de la persona jurídica solicitante.
  • Poder notarial, que acredite la representación, en caso de que proceda
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Documento actualizado acreditativo de estar dado de alta en IAE o, en el caso de no estar sujeto o de estar exento, declaración responsable al respecto, o, en su caso, en la Seguridad Social como empresa.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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