AYUD0390T01 - Subvención a la inserción laboral de las personas en situación de exclusión social en las empresas de inserción del Principado de Asturias
Conceder ayudas económicas a las empresas calificadas y registradas como empresas de inserción, radicadas en el Principado de Asturias, para:
1.- Financiar los costes salariales devengados por la plantilla de trabajadores que estén en situación de exclusión social, entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023 (incluidas las pagas extras del mes de diciembre de 2022 y junio de 2023).
2.- Financiar servicios de acompañamiento a la inserción sociolaboral desarrollados por personal especializado, para facilitar la adaptación social y laboral de las personas en situación de exclusión social.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Ser empresa de inserción.
- Estar radicada en el Principado de Asturias.
- Tener en plantilla trabajadores en situación de exclusión social de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
- Las empresas de inserción figurarán calificadas e inscritas como tales en el registro correspondiente. La obtención de subvención queda condicionada a la obtención de resolución de calificación, con anterioridad a la fecha de la publicación de la convocatoria.
- No concurrir en alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Desde: 26/08/2022 00:00
Hasta: 09/09/2022 23:59
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Programas de Empleo.
3 meses.
Recurso de alzada.
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de subvenciones del Principado de Asturias
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción. BOE 14 de diciembre de 2007
- Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a la inserción laboral de las personas en situación de exclusión social en empresas de inserción del Principado de Asturias. BOPA 21 de octubre de 2021
- Extracto de la Resolución de 11 de agosto de 2022, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria 2022-2023 para la concesión de subvenciones a la inserción laboral de las personas en situación de exclusión social en las empresas de inserción del Principado de Asturias (desde el 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023)
CUANTÍA
- Coste salarial, la subvención ampara hasta un máximo del 60% del salario mínimo interprofesional de la citada plantilla.
- Acompañamiento a la inserción socio laboral, la cuantía de esta subvención será, según la modalidad de acompañamiento de que se trate, de los siguientes importes:
- Acompañamiento a la inserción socio laboral. 1.800 € por puesto de trabajo creado y mantenido de personas en proceso de inserción, hasta un máximo de dieciocho mil euros (18.000 €) por empresa de inserción.
- Acompañamiento a la producción. 1.500 € por puesto de trabajo creado y mantenido de personas en proceso de inserción, hasta un máximo de quince mil euros (15.000 €) por empresa de inserción.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
- Solicitud en modelo normalizado.
- Certificado o justificante acreditativo de la inscripción o mantenimiento de la inscripción de la empresa en el registro oficial como empresa de inserción.
- Copia de los contratos de trabajo visados por el Servicio Público de Empleo o comunicación de la contratación laboral a través del servicio contrat@
- Fecha de alta en la Seguridad Social (documento TA2).
- Documentación acreditativa de que los trabajadores se encuentran en situación de exclusión social.
- Documento acreditativo de la representación que ostente el firmante de la solicitud.
- Vida laboral de la empresa.
- Copia del NIF de la empresa de inserción.
- Contratos de trabajo del personal especializado en el acompañamiento.
- Avance de la memoria explicativa de las funciones específicas a desarrollar que incluirá al menos: - Objetivos - Actividades - Recursos - Fases de implantación - Sistema de implantación - Cualquier otro dato que considere necesario para la valoración del proyecto
- Ficha de acreedores.
- Anexo I Coste salarial
- Anexo II Acompañamiento inserción socio laboral.
- Anexo III Acompañamiento a la producción.
- Actualizaciones realizadas ante el Servicio Público de Empleo (SEPEPA), para la contratación del personal especializado en el acompañamiento.
- Informe actualizado de la vida laboral.
- Informe TA2 de alta del personal en la Seguridad Social.
- Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal del representante de la empresa de inserción
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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