AUTO0008T02 - Comunicación de cambio de titularidad de locales autorizados para la instalación de máquinas recreativas

Finalidad:

Obtener el cambio de titularidad de la autorización de instalación de máquinas recreativas.

Quien lo puede presentar:

Personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de hostelería con autorización para la instalación de máquinas recreativas. 

Plazos de presentación:

30 días desde el cambio de titularidad del establecimiento de hostelería.

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Juego

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Recurso potestativo de reposición

Pago de tasas:
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Acreditación de la titularidad del local
  • Justificante del pago de la tasa administrativa
Documento acreditativo de ocupación del local:
    Si el titular de la explotación del local es persona jurídica:
      Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
      • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
      • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
      • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
      • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
      Otros documentos aportados
      • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
      Documentación relacionada:

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