AYUD0356T02 - Subvención a profesionales y empresas privadas para proyectos culturales singulares a desarrollar prioritariamente en el ámbito rural

Finalidad:

Otorgar ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a profesionales y empresas privadas  para la financiación de proyectos de actividades culturales singulares  (música, lírica, literatura, teatro, danza, artes plásticas, cine y audiovisuales y videojuegos) a desarrollar, prioritariamente, en el ámbito rural y cuyo presupuesto de actuación sea superior a 15.000 €

Quien lo puede presentar:

Personas físicas o jurídicas que se dediquen profesionalmente al ámbito cultural, que tengan su domicilio fiscal en Asturias y que desarrollen su actividad principalmente dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.

Plazos de presentación:

Desde: 05/12/2024 00:00

Hasta: 08/01/2025 23:59

20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPA

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

 Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Acción Cultural.

Plazo de resolución:

6 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición

Información adicional:

Declaraciones responsables

El formulario de solicitud incorpora las siguientes declaraciones responsables:

  • Declaración responsable del representante de la Entidad o del solicitante  relativa a no estar incursa ésta en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de haber justificado las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma (incorporada al formulario de solicitud).
  • Declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en su caso, concedidos para la misma finalidad, por cualquier Administración Pública o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con indicación de la entidad concedente, fecha e importe (incorporada al formulario de solicitud).
  • Declaración responsable firmada por el solicitante donde se haga constar que el mismo tiene los derechos que correspondan para poder realizar la actividad, así como la utilización de elementos que formen parte de la misma; textos, música, material audiovisual, etc., que en ella se incluyan (incorporada al formulario de solicitud).

Gastos subvencionables

  • Todos los gastos inherentes a la organización y ejecución al proyecto subvencionado, tales como representaciones, estudios, exposiciones, publicaciones, actividades didácticas y de difusión, grabaciones, rodajes, etc., incluyendo los gastos de personal inherentes a su desarrollo.
  • Cachés y gastos de desplazamiento y alojamiento de los artistas participantes
  • Gastos derivados de alquileres de equipos o locales necesarios para el desarrollo del proyecto para el que se solicita ayuda
  • Gastos corrientes de mantenimiento y funcionamiento de la entidad solicitante vinculados directamente con el proyecto presentado hasta el límite del 20% del total de la ayuda.

Criterios de valoración

De conformidad con la base IX, la Comisión valorará los proyectos según los criterios fijados en las bases y de acuerdo con el siguiente desglose:

  • Calidad de la propuesta cultural presentada, hasta un máximo de 30 puntos, valorando los siguientes aspectos:
    • Planteamiento y formulación del proyecto (10 puntos), valorando aspectos como el interés, originalidad, singularidad y claridad de la propuesta y adecuación a los objetivos de la presente convocatoria.
    • Implicación en el proyecto de creadores y profesionales del ámbito de la cultura asturianos. (10 puntos).
    • Carácter innovador del proyecto, incluyendo posibilidad de emisión digital de todo o parte de la propuesta (10 puntos)
  • Desarrollo del proyecto en ámbitos rurales, de forma que contribuya al asentamiento de población en el ámbito rural, en el contexto de las políticas relacionadas con el reto demográfico, hasta un máximo de 20 puntos, valorando los siguientes aspectos:
    • Desarrollo del proyecto en concejos con población inferior  a 10.000 habitantes (5 puntos).
    • Implicación contrastada de la comunidad local en el desarrollo y materialización del proyecto, favoreciendo la valoración del patrimonio material e inmaterial del espacio en el que se desarrolle el proyecto (4 puntos)
    • Carácter sostenible de la propuesta (8 puntos). Se valorarán aspectos como la empleabilidad derivada del proyecto y cuestiones medioambientales como el respeto al medio natural, la limpieza, el reciclaje o el impacto del proyecto como herramienta de desarrollo de un turismo cultural sostenible.
    • Carácter gratuito del evento (3 puntos). En caso de que no sea gratuito, la puntuación será 0 puntos.
  • Grado de cofinanciación por el solicitante y calidad de la propuesta económica y de gestión propuesta: hasta 15 puntos:
    • Grado de cofinanciación: hasta 10 puntos, según los siguientes tramos: del 1 al 10% (5 puntos), más del 10% (10 puntos).
    • Calidad y solvencia de la propuesta económica y de gestión planteada: 5 puntos. Se valorarán aspectos como la presentación de un presupuesto desglosado y ajustado y la presentación de un cronograma del proyecto.
  • Experiencia del solicitante en el sector cultural: hasta 10 puntos, con el siguiente desglose:
    • Trayectoria inferior a 3 años: 2 puntos.
    • Trayectoria entre 3 y 5 años: 5 puntos.
    • Trayectoria superior a 5 años e inferior o igual a 10 años: 8 puntos.
    • Trayectoria superior a 10 años: 10 puntos.
  • Uso del asturiano o del gallego-asturiano en la formulación y materialización del proyecto: hasta un máximo de 10 puntos. Se tendrán en cuenta los siguientes baremos: proyecto en el que el gallego-asturiano o el asturiano sea la lengua vehicular (10 puntos), proyecto bilingüe con el castellano (5 puntos). 
  • Apoyo a las nuevas audiencias, materializado en acciones que favorezcan el acceso a la cultura de colectivos desfavorecidos o no habituales en el consumo cultural, 5 puntos.
  • Implicación del proyecto en la lucha contra la brecha de género, teniendo en cuenta aspectos como el papel activo de las mujeres en el proyecto, valorándose que haya un mínimo aceptable de mujeres artistas dentro de la programación del evento y que haya mujeres que formen parte de su organización y del personal que trabajará en el mismo, así como cuestiones como la promoción en el uso del lenguaje inclusivo y la difusión de valores de igualdad: 5 puntos.
  • Actividades propuestas para la difusión del proyecto con un plan de promoción del evento, que contemple acciones de promoción en medios (ruedas de prensa, notas de prensa¿) y promoción a través de las redes sociales, por ejemplo: 5 puntos

 Presupuesto subvencionable

  • El presupuesto subvencionable máximo por solicitante será el que determine la convocatoria.
  • Para obtener la subvención las solicitudes habrán de obtener un mínimo de 50 puntos.

Actuaciones subvencionables

  • Las actuaciones subvencionables deberán llevarse a cabo en el plazo que determine la convocatoria.

Documentación justificativa

  • Las actividades objeto de la presente convocatoria deberán estar terminadas antes del 31 de octubre de 2025, día inclusive y del fin plazo para la justificación de las ayudas.

Servicios relacionados

Ficha de acreedores

  • En caso necesario, la ficha de acreedores puede descargarse a través de este enlace Ficha de acreedores
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Memoria paginada de actividades en la que se refleje, fundamentalmente, los proyectos o actividades que haya realizado la entidad sin ánimo de lucro, empresa o profesional dentro del ámbito cultural. A estos datos, podrá añadir cualquier otro tipo de información que a juicio de quien formula la petición sea de interés para mejor valoración de la trayectoria del peticionario.
  • Proyecto paginado lo más detallado posible relativo al programa o actividad concreta a desarrollar, que deberá hacer mención, como mínimo, a los siguientes aspectos: 1.- Objetivos. 2.- Descripción de la actividad o proyecto a subvencionar, detallando: a) El planteamiento general del proyecto. b) La implicación en el mismo de creadores y profesionales del ámbito de la cultura asturianos. c) Su carácter innovador, especificando si existe posibilidad de emisión digital de todo o parte de la propuesta. d) El concejo o concejos en los que se desarrollará, especificando, en su caso, la implicación contrastada de la comunidad local en el desarrollo del proyecto. e) La sostenibilidad de la propuesta (empleabilidad derivada del proyecto y cuestiones medioambientales). f) El carácter gratuito o no del evento. g) La lengua a emplear en el desarrollo de la actividad. h) E apoyo, en su caso, a las nuevas audiencias y a colectivos desfavorecidos o no habituales en el consumo cultural. i) La implicación del proyecto en la lucha contra la violencia de género. j) El calendario de la actividad.
  • Presupuesto equilibrado y firmado que prevea la financiación solicitada que incluya las partidas que lo integran recogiendo la estimación de gastos e ingresos de la actividad para la que se solicita ayuda, donde se recoja la aportación económica del peticionario para el desarrollo de la actividad.
  • Plan para llevar a cabo la obligación de adoptar las medidas de difusión consistentes en dar la adecuada publicidad, por parte de los beneficiarios, del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objetivo de subvención. En el caso de que la subvención se conceda una vez realizada la actividad, el beneficiario deberá reflejar los carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, o bien proponer medidas de difusión para el caso de que el proyecto sea subvencionado. Dentro de dicho plan se describirán las actividades propuestas para la difusión del proyecto (medios, redes, etc.).
  • Ficha de acreedores acompañada de fotocopia del, como proceda, DNI o CIF del solicitante. Este documento sólo será necesario cuando los datos requeridos no obren ya en esta Administración o haya habido modificaciones en los mismos.
En el caso de empresas privadas, además
  • Escritura de constitución
En caso de oposición a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no hayan sido aportados anteriormente a cualquier Administración
  • Documento actualizado acreditativo de estar dado de alta en IAE o, en el caso de no estar sujeto o de estar exento, declaración responsable al respecto, o, en su caso, en la Seguridad Social como empresa
  • Documento acreditativo de no ser deudor de la Hacienda del Estado
  • Documento acreditativo de no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias
  • Documento acreditativo del pago de cotizaciones a la Seguridad Social
En caso de profesionales autónomos
  • Copia del DNI
En el caso de empresas privadas
  • Copia del CIF
  • DNI del representante. Deberá adjuntarse, además, acreditación de tal condición a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Relación Nominal de Trabajadores correspondiente al mes en que haya finalizado el plazo de presentación de solicitud.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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